Autoridades y personal. . (2025/81-43)
Resolución de 24 de abril de 2025, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesorado Permanente Laboral para personal Investigador Doctor que haya superado la evaluación del Programa I3 o que haya obtenido el Certificado R3.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 5971/4

1. Fotocopia del DNI o Pasaporte.
2. Certificado de discapacidad, si fuera el caso.
3. Acreditación de la condición de familia numerosa, si fuera el caso.
Los solicitantes deberán acompañar esta documentación en formato pdf, a través de
la sede electrónica.
La no aportación de lo establecido en este apartado en el plazo de presentación de
solicitudes o en el de subsanación a que se refiere la base 4.2, determinará la exclusión
automática del/de la solicitante en este procedimiento.
3.4. Los requisitos de participación de los/as aspirantes en el presente concurso
deberán ostentarse a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

5. Comisiones de Evaluación.
5.1. La composición de las Comisiones de Evaluación, que figuran como Anexo III de
esta convocatoria, se ajustará a lo dispuesto en la Normativa para la regulación de los
concursos de plazas de Profesorado Contratado Doctor en la Universidad de Granada,
aprobada en Consejo de Gobierno de 24 de julio de 2018 y en las Normas provisionales
para adaptar el modo de elección de las comisiones de selección y de evaluación,
respectivamente, y los criterios de valoración para los concursos a cuerpos docentes
universitarios y a plazas de Profesorado Permanente Laboral a la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, aprobadas en Consejo de Gobierno de 21 de
marzo de 2024 y publicadas en el BOJA núm. 133, de 10 de julio.
5.2. Las Comisiones deberán constituirse en el plazo máximo de tres meses a contar
desde la publicación de la lista definitiva de candidatos/as admitidos/as a concurso.
Para ello, el/la Presidente/a de la Comisión, realizadas las consultas pertinentes
con los restantes miembros de la misma, dictará resolución de convocatoria en la que
se indicará lugar, día y hora para la constitución, que les deberá ser notificada con una
antelación mínima de 10 días naturales.
5.3. La constitución de la Comisión exigirá la presencia de la totalidad de sus
miembros titulares o de los/as suplentes que les sustituyan. Quienes no concurran al
citado acto decaerán en sus derechos.
Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesario, al menos, la
presencia de tres de sus miembros.
5.4. En el mismo acto de constitución, la Comisión fijará y hará públicos en el tablón
de anuncios del Departamento al que pertenezca la plaza, así como en la página web
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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4. Lista de admitidos.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Granada dictará resolución por la que se apruebe la lista provisional de admitidos/as y
excluidos/as, con indicación de las causas de exclusión.
La citada resolución será publicada en la página web del Servicio de Personal
Docente e Investigador de la Universidad de Granada. A partir del día siguiente a la fecha
de publicación se contarán los plazos.
4.2. Contra la anterior resolución, los/as interesados/as dispondrán de un plazo de 10
días hábiles, contados a partir del siguiente al de su publicación, para poder subsanar los
defectos en que hayan podido incurrir.
Los solicitantes deberán presentar esta reclamación a través de la sede electrónica,
utilizando el procedimiento «Concursos a plazas docentes: Reclamación a la relación
provisional de admitidos/as y excluidos/as» disponible en dicha sede.
La resolución que apruebe definitivamente las listas de admitidos/as pondrá fin a
la vía administrativa y, en consecuencia, quienes estén legitimados/as para ello podrán
formular recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir
del día siguiente al de la publicación de la citada resolución o potestativamente recurso
de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dicte.