Autoridades y personal. . (2025/81-44)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6035/9
14. Resolución del concurso.
14.1 Una vez terminados los respectivos concursos, la Comisión hará públicos los
resultados de la evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada uno de los
aspectos evaluados, realizando la propuesta de provisión a la Rectora, de forma motivada
y con carácter vinculante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento
por el que se regula el procedimiento de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos
docentes universitarios de la Universidad de Huelva.
La propuesta explicitará el voto de cada una de las personas evaluadoras que
intervengan en la Comisión de Selección del concurso. Esta propuesta se publicará en el
Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva.
14.2. En los 3 días hábiles siguientes al de finalizar la actuación de la Comisión
de Selección, la Secretaría de la misma entregará al Área de Gestión de Ordenación
Académica de la Universidad de Huelva, el expediente administrativo del concurso,
incorporando los siguientes documentos:
- Acta de la sesión de constitución de la Comisión de Selección y de cada una de las
sesiones realizadas, donde se dejará constancia de las actuaciones fundamentales habidas.
- Los documentos del art. 15.2 del Reglamento por el que se regula el procedimiento
de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios de la
Universidad de Huelva.
- Documento en el que consten los criterios utilizados para la valoración de la/s
prueba/s a que alude el artículo 11.5 del Reglamento por el que se regula el procedimiento
de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios de la
Universidad de Huelva.
- Informes razonados sobre la valoración que merece cada persona candidata en la/s
prueba/s.
- Los resultados de evaluación de cada persona candidata, desglosando los criterios
cuantitativos y cualitativos previamente establecidos.
- Acta de la propuesta de provisión de la plaza o plazas relacionando las personas
candidatas por orden de preferencia para su nombramiento, en atención a la puntuación
obtenida.
14.3. Contra las propuestas de las Comisiones de Selección de los concursos de
acceso, las personas candidatas podrán presentar reclamación ante el Rector o Rectora,
en el plazo máximo de 10 días hábiles. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán
los nombramientos hasta su resolución definitiva.
La reclamación será valorada por una Comisión de Reclamaciones, que oirá a los
miembros de la Comisión de Selección contra cuya propuesta se hubiera presentado
la reclamación, y a las personas candidatas que hubieran participado en las pruebas,
examinando el expediente relativo al concurso para velar por las garantías establecidas.
La Comisión de Reclamaciones ratificará o no la propuesta que es objeto de
reclamación en un plazo de máximo de tres meses, dictándose Resolución Rectoral
a continuación, de conformidad con la propuesta de la Comisión de Reclamaciones,
que será vinculante, y procediéndose a la publicación de dicha resolución en el Tablón
Electrónico Oficial.
Transcurrido el plazo máximo de resolución establecido en el apartado anterior sin
notificar la Resolución Rectoral que resuelve la reclamación, se entenderá que ésta ha
sido desestimada por silencio administrativo.
La Resolución Rectoral a la que se refiere el apartado anterior pone fin a la vía
administrativa. Frente a ella, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, o bien
recurrirla directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de acuerdo con
lo establecido en la Ley 29/1989, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319636
aprobados previamente por la Comisión de Selección en el día de su constitución. En
caso de unanimidad, estos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado
de la Comisión de Selección.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6035/9
14. Resolución del concurso.
14.1 Una vez terminados los respectivos concursos, la Comisión hará públicos los
resultados de la evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada uno de los
aspectos evaluados, realizando la propuesta de provisión a la Rectora, de forma motivada
y con carácter vinculante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento
por el que se regula el procedimiento de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos
docentes universitarios de la Universidad de Huelva.
La propuesta explicitará el voto de cada una de las personas evaluadoras que
intervengan en la Comisión de Selección del concurso. Esta propuesta se publicará en el
Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva.
14.2. En los 3 días hábiles siguientes al de finalizar la actuación de la Comisión
de Selección, la Secretaría de la misma entregará al Área de Gestión de Ordenación
Académica de la Universidad de Huelva, el expediente administrativo del concurso,
incorporando los siguientes documentos:
- Acta de la sesión de constitución de la Comisión de Selección y de cada una de las
sesiones realizadas, donde se dejará constancia de las actuaciones fundamentales habidas.
- Los documentos del art. 15.2 del Reglamento por el que se regula el procedimiento
de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios de la
Universidad de Huelva.
- Documento en el que consten los criterios utilizados para la valoración de la/s
prueba/s a que alude el artículo 11.5 del Reglamento por el que se regula el procedimiento
de los concursos de acceso a plazas de los cuerpos docentes universitarios de la
Universidad de Huelva.
- Informes razonados sobre la valoración que merece cada persona candidata en la/s
prueba/s.
- Los resultados de evaluación de cada persona candidata, desglosando los criterios
cuantitativos y cualitativos previamente establecidos.
- Acta de la propuesta de provisión de la plaza o plazas relacionando las personas
candidatas por orden de preferencia para su nombramiento, en atención a la puntuación
obtenida.
14.3. Contra las propuestas de las Comisiones de Selección de los concursos de
acceso, las personas candidatas podrán presentar reclamación ante el Rector o Rectora,
en el plazo máximo de 10 días hábiles. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán
los nombramientos hasta su resolución definitiva.
La reclamación será valorada por una Comisión de Reclamaciones, que oirá a los
miembros de la Comisión de Selección contra cuya propuesta se hubiera presentado
la reclamación, y a las personas candidatas que hubieran participado en las pruebas,
examinando el expediente relativo al concurso para velar por las garantías establecidas.
La Comisión de Reclamaciones ratificará o no la propuesta que es objeto de
reclamación en un plazo de máximo de tres meses, dictándose Resolución Rectoral
a continuación, de conformidad con la propuesta de la Comisión de Reclamaciones,
que será vinculante, y procediéndose a la publicación de dicha resolución en el Tablón
Electrónico Oficial.
Transcurrido el plazo máximo de resolución establecido en el apartado anterior sin
notificar la Resolución Rectoral que resuelve la reclamación, se entenderá que ésta ha
sido desestimada por silencio administrativo.
La Resolución Rectoral a la que se refiere el apartado anterior pone fin a la vía
administrativa. Frente a ella, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, o bien
recurrirla directamente ante la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de acuerdo con
lo establecido en la Ley 29/1989, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319636
aprobados previamente por la Comisión de Selección en el día de su constitución. En
caso de unanimidad, estos informes podrán sustituirse por un informe único y razonado
de la Comisión de Selección.