Autoridades y personal. . (2025/81-44)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6035/4
el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o de estar a cargo de la persona
nacional de otro Estado con la que se tenga dicho vínculo. Asimismo, se ha de presentar
declaración jurada o promesa de tal persona de que no existe separación de derecho de
su cónyuge y, en su caso, del hecho de que él o la aspirante vive a sus expensas o están
a su cargo.
III. Personas que no sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea:
Copia de pasaporte, así como de la tarjeta de residencia en vigor, que acredite su
situación de legalidad y acceso sin limitaciones al mercado laboral.
c) Copia de la certificación de estar acreditado o acreditada para el Cuerpo docente
correspondiente, o encontrarse en alguna de las situaciones recogidas en la base 2.2 de
la presente convocatoria.
d) Documentación acreditativa de conocimiento del idioma español: solo para las
personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del
idioma español no se deduzca de su origen. Si en el proceso selectivo no resultara
acreditado el conocimiento del castellano, se acreditará el conocimiento de este mediante
la realización de una prueba en la que se comprobará que posee un nivel adecuado
de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. Quedan eximidos de realizar
la prueba quienes estén en posesión del diploma de español como lengua extranjera
(nivel C1 o superior) regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, modificado
por Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, o del certificado de aptitud en español
para extranjeros expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto, deberán
aportar fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado certificado de aptitud.
3.3. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a instancia de las personas interesadas.
Requisitos específicos para acceder a la reserva de puesto por el turno de discapacidad:
Estar en posesión del certificado que acredite un grado de discapacidad igual o superior
al 33% expedido por el Órgano competente de la Comunicad Autónoma correspondiente.
4. Lista provisional de candidaturas admitidas y excluidas.
La Rectora dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas
y excluidas, mediante inserción en el Tablón Electrónico Oficial con indicación, en su
caso, de la causa de exclusión. Igualmente se procederá a su publicación de forma
complementaria y con carácter meramente informativo en la página web del área
de Ordenación Académica. Para el caso de que todas las personas candidatas estén
incluidas, las listas provisionales podrán elevarse a definitivas.
6. Publicación de lista definitiva de candidaturas admitidas y excluidas.
A la vista de las reclamaciones, la Rectora resolverá las mismas y procederá a publicar
la lista definitiva de concursantes admitidos y excluidos, mediante inserción en el Tablón
Electrónico Oficial y, de forma complementaria y meramente informativa, en la página
web del área de Ordenación Académica. Dicha resolución agota la vía administrativa,
pudiendo las personas interesadas interponer recurso de reposición ante la Rectora en el
plazo legalmente establecido y/o recurso contencioso-administrativo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319636
5. Subsanación de solicitudes.
Las personas interesadas podrán subsanar sus solicitudes en un plazo de 10 días
hábiles, a computar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional de
personas concursantes admitidas y excluidas en el tablón electrónico oficial, aportando los
documentos cuya omisión motivó la exclusión o complementando los mismos, salvo que
hayan sido excluidos por las causas de la base 7 de esta Resolución. En el mismo plazo,
podrán formular reclamación relativas a la exclusión u omisión. Los/as interesados/as que
dentro del plazo señalado no hayan subsanado su solicitud o no realicen alegaciones
frente a la omisión producida, serán excluidos de forma definitiva del procedimiento.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6035/4
el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o de estar a cargo de la persona
nacional de otro Estado con la que se tenga dicho vínculo. Asimismo, se ha de presentar
declaración jurada o promesa de tal persona de que no existe separación de derecho de
su cónyuge y, en su caso, del hecho de que él o la aspirante vive a sus expensas o están
a su cargo.
III. Personas que no sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea:
Copia de pasaporte, así como de la tarjeta de residencia en vigor, que acredite su
situación de legalidad y acceso sin limitaciones al mercado laboral.
c) Copia de la certificación de estar acreditado o acreditada para el Cuerpo docente
correspondiente, o encontrarse en alguna de las situaciones recogidas en la base 2.2 de
la presente convocatoria.
d) Documentación acreditativa de conocimiento del idioma español: solo para las
personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y el conocimiento del
idioma español no se deduzca de su origen. Si en el proceso selectivo no resultara
acreditado el conocimiento del castellano, se acreditará el conocimiento de este mediante
la realización de una prueba en la que se comprobará que posee un nivel adecuado
de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. Quedan eximidos de realizar
la prueba quienes estén en posesión del diploma de español como lengua extranjera
(nivel C1 o superior) regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, modificado
por Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, o del certificado de aptitud en español
para extranjeros expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas. A tal efecto, deberán
aportar fotocopia compulsada de dicho diploma o del mencionado certificado de aptitud.
3.3. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a instancia de las personas interesadas.
Requisitos específicos para acceder a la reserva de puesto por el turno de discapacidad:
Estar en posesión del certificado que acredite un grado de discapacidad igual o superior
al 33% expedido por el Órgano competente de la Comunicad Autónoma correspondiente.
4. Lista provisional de candidaturas admitidas y excluidas.
La Rectora dictará resolución aprobando la lista provisional de personas admitidas
y excluidas, mediante inserción en el Tablón Electrónico Oficial con indicación, en su
caso, de la causa de exclusión. Igualmente se procederá a su publicación de forma
complementaria y con carácter meramente informativo en la página web del área
de Ordenación Académica. Para el caso de que todas las personas candidatas estén
incluidas, las listas provisionales podrán elevarse a definitivas.
6. Publicación de lista definitiva de candidaturas admitidas y excluidas.
A la vista de las reclamaciones, la Rectora resolverá las mismas y procederá a publicar
la lista definitiva de concursantes admitidos y excluidos, mediante inserción en el Tablón
Electrónico Oficial y, de forma complementaria y meramente informativa, en la página
web del área de Ordenación Académica. Dicha resolución agota la vía administrativa,
pudiendo las personas interesadas interponer recurso de reposición ante la Rectora en el
plazo legalmente establecido y/o recurso contencioso-administrativo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319636
5. Subsanación de solicitudes.
Las personas interesadas podrán subsanar sus solicitudes en un plazo de 10 días
hábiles, a computar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista provisional de
personas concursantes admitidas y excluidas en el tablón electrónico oficial, aportando los
documentos cuya omisión motivó la exclusión o complementando los mismos, salvo que
hayan sido excluidos por las causas de la base 7 de esta Resolución. En el mismo plazo,
podrán formular reclamación relativas a la exclusión u omisión. Los/as interesados/as que
dentro del plazo señalado no hayan subsanado su solicitud o no realicen alegaciones
frente a la omisión producida, serán excluidos de forma definitiva del procedimiento.