Disposiciones generales. . (2025/81-3)
Resolución de 22 de abril de 2025, de la Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria, por la que se convoca en el ejercicio 2025 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento de empleo de personas con problemas de adicciones en proceso de incorporación social «Programa Arquímedes», en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Consumo, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE+).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6006/3
el sobrante podrá aumentar el crédito de otra u otras provincias, posibilitando una
resolución complementaria a la concesión de subvenciones, sin necesidad de que
se dicte nueva convocatoria, incorporando en esta resolución complementaria a los
solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de
personas beneficiarias, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito
consignado inicialmente.
4. Se podrán adquirir compromisos de carácter plurianual, de conformidad con lo
establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y con
el artículo 5.3 de las Bases Reguladoras Tipo.
5. La cuantía máxima establecida en el apartado primero presenta la siguiente
distribución territorial:
PROVINCIA
Cuantía máxima
ALMERÍA
152.000,00 €
CÁDIZ
340.000,00 €
CÓRDOBA
272.000,00 €
GRANADA
226.000,00 €
HUELVA
130.000,00 €
JAÉN
124.000,00 €
MÁLAGA
348.000,00 €
SEVILLA
408.000,00 €
Dicha distribución territorial presenta la siguiente distribución por anualidades y
clasificación económica del gasto según la tipología de los beneficiarios del Programa
Arquímedes, la cual tendrá carácter estimativo atendiendo al régimen de concurrencia no
competitiva de la presente línea de subvención:
ANUALIDAD 2025
IMPORTES
Artículo 44
Artículo 46
Artículo 47
Artículo 48
TOTAL
ALMERÍA
3.969,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
51.597,00 €
CÁDIZ
3.969,00 €
23.752,00 €
18.014,00 €
23.655,00 €
69.390,00 €
CÓRDOBA
3.969,00 €
31.744,00 €
31.752,00 €
15.876,00 €
83.341,00 €
GRANADA
3.969,00 €
16.389,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
52.110,00 €
HUELVA
3.969,00 €
9.996,00 €
11.934,00 €
9.996,00 €
35.895,00 €
JAÉN
3.969,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
33.957,00 €
MÁLAGA
3.969,00 €
31.752,00 €
23.655,00 €
23.655,00 €
83.031,00 €
SEVILLA
3.969,00 €
39.082,00 €
15.876,00 €
31.752,00 €
90.679,00 €
31.752,00 €
178.587,00 €
142.979,00 €
146.682,00 €
500.000,00 €
Artículo 44
Artículo 46
Artículo 47
PROVINCIA
ALMERÍA
ANUALIDAD 2026
IMPORTES
Artículo 48
TOTAL
0,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
9.116,00 €
40.868,00 €
CÁDIZ
3.969,00 €
39.504,00 €
31.752,00 €
23.655,00 €
98.880,00 €
CÓRDOBA
3.969,00 €
51.205,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
86.926,00 €
GRANADA
0,00 €
31.752,00 €
18.149,00 €
22.491,00 €
72.392,00 €
HUELVA
3.969,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
33.957,00 €
JAÉN
3.969,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
33.957,00 €
MÁLAGA
3.969,00 €
39.504,00 €
31.752,00 €
23.655,00 €
98.880,00 €
SEVILLA
3.969,00 €
50.791,00 €
31.752,00 €
47.628,00 €
134.140,00 €
23.814,00 €
248.624,00 €
165.149,00 €
162.413,00 €
600.000,00 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319607
PROVINCIA
BOJA
Número 81 - Miércoles, 30 de abril de 2025
página 6006/3
el sobrante podrá aumentar el crédito de otra u otras provincias, posibilitando una
resolución complementaria a la concesión de subvenciones, sin necesidad de que
se dicte nueva convocatoria, incorporando en esta resolución complementaria a los
solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de
personas beneficiarias, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito
consignado inicialmente.
4. Se podrán adquirir compromisos de carácter plurianual, de conformidad con lo
establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y con
el artículo 5.3 de las Bases Reguladoras Tipo.
5. La cuantía máxima establecida en el apartado primero presenta la siguiente
distribución territorial:
PROVINCIA
Cuantía máxima
ALMERÍA
152.000,00 €
CÁDIZ
340.000,00 €
CÓRDOBA
272.000,00 €
GRANADA
226.000,00 €
HUELVA
130.000,00 €
JAÉN
124.000,00 €
MÁLAGA
348.000,00 €
SEVILLA
408.000,00 €
Dicha distribución territorial presenta la siguiente distribución por anualidades y
clasificación económica del gasto según la tipología de los beneficiarios del Programa
Arquímedes, la cual tendrá carácter estimativo atendiendo al régimen de concurrencia no
competitiva de la presente línea de subvención:
ANUALIDAD 2025
IMPORTES
Artículo 44
Artículo 46
Artículo 47
Artículo 48
TOTAL
ALMERÍA
3.969,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
51.597,00 €
CÁDIZ
3.969,00 €
23.752,00 €
18.014,00 €
23.655,00 €
69.390,00 €
CÓRDOBA
3.969,00 €
31.744,00 €
31.752,00 €
15.876,00 €
83.341,00 €
GRANADA
3.969,00 €
16.389,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
52.110,00 €
HUELVA
3.969,00 €
9.996,00 €
11.934,00 €
9.996,00 €
35.895,00 €
JAÉN
3.969,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
33.957,00 €
MÁLAGA
3.969,00 €
31.752,00 €
23.655,00 €
23.655,00 €
83.031,00 €
SEVILLA
3.969,00 €
39.082,00 €
15.876,00 €
31.752,00 €
90.679,00 €
31.752,00 €
178.587,00 €
142.979,00 €
146.682,00 €
500.000,00 €
Artículo 44
Artículo 46
Artículo 47
PROVINCIA
ALMERÍA
ANUALIDAD 2026
IMPORTES
Artículo 48
TOTAL
0,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
9.116,00 €
40.868,00 €
CÁDIZ
3.969,00 €
39.504,00 €
31.752,00 €
23.655,00 €
98.880,00 €
CÓRDOBA
3.969,00 €
51.205,00 €
15.876,00 €
15.876,00 €
86.926,00 €
GRANADA
0,00 €
31.752,00 €
18.149,00 €
22.491,00 €
72.392,00 €
HUELVA
3.969,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
33.957,00 €
JAÉN
3.969,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
9.996,00 €
33.957,00 €
MÁLAGA
3.969,00 €
39.504,00 €
31.752,00 €
23.655,00 €
98.880,00 €
SEVILLA
3.969,00 €
50.791,00 €
31.752,00 €
47.628,00 €
134.140,00 €
23.814,00 €
248.624,00 €
165.149,00 €
162.413,00 €
600.000,00 €
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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PROVINCIA