Autoridades y personal. . (2025/78-5)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Granada, sobre evaluación de asesores y asesoras de formación en prácticas, según lo dispuesto en el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Viernes, 25 de abril de 2025
página 5789/2
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial
y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el
Sistema Andaluz de Formación Permanente, dispone en su artículo 52 que las personas
seleccionadas para el ejercicio de la función asesora deberán superar un programa de
formación inicial.
Segundo. La Orden de 15 de abril de 2015 (BOJA núm. 89, de 21 de abril de 2015), por
la que se establece el procedimiento y los criterios objetivos de selección para la provisión
de plazas vacantes de asesores y asesoras de Centros del Profesorado dependientes de
la entonces Consejería de Educación, Cultura y Deporte, regula en su artículo 17 que
las personas evaluadas como «apto-apta» serán nombrados asesores o asesoras de los
Centros del Profesorado por la persona titular de la Delegación Territorial competente
en materia de educación mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, con efectos administrativos y económicos del 1 de septiembre
siguiente a la superación de la fase de prácticas.
Tercero. Las Instrucciones de 7 de febrero de 2025 de la Dirección General de
Innovación y Formación del Profesorado, sobre la evaluación de direcciones y asesorías
en prácticas en los centros del profesorado, evaluación de direcciones y asesorías en el
cuarto año y octavo de ejercicio, así como sobre las renuncias a los puestos de dirección
y asesorías de dichos centros, reiteran en el apartado 3 de su instrucción segunda que
la Delegación Territorial nombrará a las personas evaluadas con «apto-apta» como
asesores y asesoras en ejercicio, mediante resolución publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, con efectos administrativos y económicos de 1 de septiembre
siguiente a la superación de la fase de prácticas.
Cuarto. Esta Delegación Territorial es competente para efectuar el nombramiento de
asesores y asesoras en virtud de lo establecido en el referido Decreto 93/2013, artículo 53,
apartado, así como en la Orden de 15 de abril de 2015, artículo 17, apartado 6, y en la
Instrucción Segunda, apartado 3, de las Instrucciones de 7 de febrero de 2025.
En base a los anteriores hechos, normas y consideraciones, en uso de las atribuciones
conferidas, esta Delegación Territorial
RESU ELV E
Primero. Nombrar asesores y asesoras de Centros del Profesorado de la provincia
de Granada a las personas que se relacionan en el Anexo I de esta resolución, con
expresión del CEP adjudicado, por un periodo de cuatro años prorrogable, en su caso,
por otros cuatro, en los términos establecidos en el artículo 53 del Decreto 93/2013, de 27
de agosto, anteriormente citado.
Tercero. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las
personas interesadas podrán interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada
ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319390
Segundo. Dichos nombramientos tendrán efectos económicos y administrativos de 1 de
septiembre de 2025.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Viernes, 25 de abril de 2025
página 5789/2
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial
y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el
Sistema Andaluz de Formación Permanente, dispone en su artículo 52 que las personas
seleccionadas para el ejercicio de la función asesora deberán superar un programa de
formación inicial.
Segundo. La Orden de 15 de abril de 2015 (BOJA núm. 89, de 21 de abril de 2015), por
la que se establece el procedimiento y los criterios objetivos de selección para la provisión
de plazas vacantes de asesores y asesoras de Centros del Profesorado dependientes de
la entonces Consejería de Educación, Cultura y Deporte, regula en su artículo 17 que
las personas evaluadas como «apto-apta» serán nombrados asesores o asesoras de los
Centros del Profesorado por la persona titular de la Delegación Territorial competente
en materia de educación mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, con efectos administrativos y económicos del 1 de septiembre
siguiente a la superación de la fase de prácticas.
Tercero. Las Instrucciones de 7 de febrero de 2025 de la Dirección General de
Innovación y Formación del Profesorado, sobre la evaluación de direcciones y asesorías
en prácticas en los centros del profesorado, evaluación de direcciones y asesorías en el
cuarto año y octavo de ejercicio, así como sobre las renuncias a los puestos de dirección
y asesorías de dichos centros, reiteran en el apartado 3 de su instrucción segunda que
la Delegación Territorial nombrará a las personas evaluadas con «apto-apta» como
asesores y asesoras en ejercicio, mediante resolución publicada en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía, con efectos administrativos y económicos de 1 de septiembre
siguiente a la superación de la fase de prácticas.
Cuarto. Esta Delegación Territorial es competente para efectuar el nombramiento de
asesores y asesoras en virtud de lo establecido en el referido Decreto 93/2013, artículo 53,
apartado, así como en la Orden de 15 de abril de 2015, artículo 17, apartado 6, y en la
Instrucción Segunda, apartado 3, de las Instrucciones de 7 de febrero de 2025.
En base a los anteriores hechos, normas y consideraciones, en uso de las atribuciones
conferidas, esta Delegación Territorial
RESU ELV E
Primero. Nombrar asesores y asesoras de Centros del Profesorado de la provincia
de Granada a las personas que se relacionan en el Anexo I de esta resolución, con
expresión del CEP adjudicado, por un periodo de cuatro años prorrogable, en su caso,
por otros cuatro, en los términos establecidos en el artículo 53 del Decreto 93/2013, de 27
de agosto, anteriormente citado.
Tercero. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las
personas interesadas podrán interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada
ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional,
conforme a lo establecido en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319390
Segundo. Dichos nombramientos tendrán efectos económicos y administrativos de 1 de
septiembre de 2025.