Disposiciones generales. . (2025/76-7)
Extracto de la Orden de 9 de abril de 2025, por la que se convoca para el ejercicio 2025 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización del alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (medida 4, submedida 4.2, operación 4.2.2), en el ámbito de la Inversión Territorial Integrada de la provincia de Jaén.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Miércoles, 23 de abril de 2025
página 5668/2
Las ayudas previstas en esta orden estarán a lo dispuesto en el artículo 41 del
Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L/187, de 26.6.2014). En estas
ayudas no concurren los supuestos previstos en el apartado c) del artículo 1.3 ni en el
artículo 1.5 del citado reglamento.
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
La cuantía máxima se determinará con el gasto realizado para ejecutar las actividades
indicadas en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de la Orden de 15 abril de 2024.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de quince días hábiles a
partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estos formularios, podrán obtenerse en
el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección:
www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25435.html
00319268
Sevilla, 10 de abril de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, por autorización, la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Miércoles, 23 de abril de 2025
página 5668/2
Las ayudas previstas en esta orden estarán a lo dispuesto en el artículo 41 del
Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L/187, de 26.6.2014). En estas
ayudas no concurren los supuestos previstos en el apartado c) del artículo 1.3 ni en el
artículo 1.5 del citado reglamento.
Quinto. Importe máximo por beneficiario.
La cuantía máxima se determinará con el gasto realizado para ejecutar las actividades
indicadas en el apartado 2.a) del Cuadro Resumen de la Orden de 15 abril de 2024.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de quince días hábiles a
partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el
presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estos formularios, podrán obtenerse en
el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección:
www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25435.html
00319268
Sevilla, 10 de abril de 2025.- El Consejero de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, por autorización, la Viceconsejera de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural,
Consolación Vera Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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