Autoridades y personal. . (2025/17-29)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos/as de Gestión de esta Universidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Lunes, 27 de enero de 2025

página 915/2

correspondiente a la Escala a la que se pretende acceder y tener destino definitivo en la
Universidad de Málaga.
c) Poseer una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala desde el que
se accede, computados desde la toma de posesión como funcionario de carrera.
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

4. Admisión de aspirantes.
4.1. Relación de personas admitidas y excluidas. Expirado el plazo de presentación
de solicitudes, el Servicio de PTGAS de la Universidad de Málaga dictará resolución en el
plazo máximo de un mes, que se publicará en la web del Servicio de PTGAS, declarando
aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas a las pruebas selectivas.
En dicha resolución se indicarán las personas aspirantes admitidas y excluidas,
donde constarán, al menos, el nombre y los apellidos de las mismas, así como las causas
de exclusión, en su caso.
4.2. Plazo de subsanación. Las personas aspirantes excluidas, o que no figuren en la
relación de admitidas, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la resolución en la web del Servicio de PTGAS de la
Universidad de Málaga, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o
la omisión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314525

3. Solicitudes.
3.1. Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia, según modelo que se encuentra disponible para su
descarga en la siguiente dirección:
«https://www.uma.es/pas/cms/menu/empleo/concurso-interno/promocion-interna/»
En dicha solicitud se habrá de consignar el código del proceso selectivo «PIA1ADM25».
A la solicitud se unirá de oficio certificación expedida por el Servicio de Personal
Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios, acreditativa de la antigüedad en el
Cuerpo o Escala desde el que acceden, del grado personal consolidado y del nivel de
complemento de destino del puesto que ocupa cada una de las personas aspirantes. Las
personas aspirantes deberán adjuntar a la solicitud copia de los documentos acreditativos
de los restantes méritos valorables en la fase de concurso, salvo que éstos obren en
poder de la Universidad y así se haga constar expresamente en escrito adjunto a la
solicitud, en el que deberá indicarse el órgano, servicio o dependencia en el que constan.
3.2. Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará a través de la
sede electrónica de la Universidad de Málaga.
El plazo de presentación será de veinte días naturales, a partir del siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se
dirigirán al Servicio de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios. Las
personas aspirantes estarán exentas de abonar derechos de examen.
3.3. Adaptaciones turno con discapacidad. Las personas aspirantes con discapacidad
deberán indicar y acreditar tal circunstancia junto con la solicitud de participación, para lo
cual se utilizará el recuadro correspondiente de la solicitud. Asimismo, deberán solicitar
las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios que
sean necesarias.
3.4. Vinculación a los datos. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los
datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación
mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de
solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5. Subsanación de errores. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
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