3. Otras disposiciones. . (2025/12-30)
Orden de 10 de enero de 2025, por la que se acepta la donación, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, del archivo del Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada, para su ingreso y custodia en el Archivo Histórico Provincial de Granada.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 12 - Lunes, 20 de enero de 2025

página 493/2

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º
como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma el «afianzamiento de la
conciencia de identidad y de la cultura andaluza, a través del conocimiento, investigación
y difusión del patrimonio histórico», y el artículo 37.1.18.º del Estatuto designa como
principio rector de las políticas públicas «La conservación y puesta en valor del patrimonio
cultural, histórico y artístico de Andalucía», por lo que la aceptación por parte de la
Comunidad Autónoma de Andalucía de esta donación contribuirá a cumplir este objetivo.
A su vez, el artículo 68.1 dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la
competencia exclusiva en materia de cultura, que comprende la promoción y la difusión
del patrimonio cultural, artístico y monumental y de los centros de depósito cultural de
Andalucía, y la proyección internacional de la cultura andaluza. Asimismo, el apartado 2
le concede competencias ejecutivas sobre los archivos de titularidad estatal situados en
su territorio cuya gestión no se reserve el Estado, lo que comprende, en todo caso, la
regulación del funcionamiento, la organización y el régimen de su personal. Por último, el
apartado 3.1.º y 2.º del citado artículo del Estatuto atribuye la competencia exclusiva a la
Comunidad Autónoma sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental,
arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la
Constitución, así como sobre los archivos, museos, bibliotecas y demás colecciones de
naturaleza análoga que no sean de titularidad estatal.

Tercero. El artículo 87.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio
Histórico de Andalucía, faculta a la Consejería de Cultura y Deporte a «aceptar
donaciones y legados de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico Andaluz».
En dicho artículo se especifica que esta aceptación queda exceptuada del requisito de
previa aceptación por Decreto del Consejo de Gobierno, previsto en el artículo 80 de la
Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Conforme a lo dispuesto en el citado artículo 87 de la Ley 14/2007, de 26 de
noviembre, en relación con el artículo 2 de la misma ley, se hace constar expresamente
que la colección documental objeto de donación ofrece un interés histórico y documental
para nuestra Comunidad Autónoma y, por tanto, se consideran parte del Patrimonio
Histórico de Andalucía.
Por otro lado, el artículo 3.6 del Reglamento de Organización Administrativa del
Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por el Decreto 4/1993, de 26 de enero,
atribuye a la persona titular de la Consejería de Cultura y Deporte la competencia para
aceptar donaciones de bienes muebles integrantes del Patrimonio Histórico de Andalucía.
El archivo del Club Deportivo Sociedad Sierra Nevada forma parte del Patrimonio
Histórico de Andalucía, puesto que según el artículo 69 de la Ley 14/2007, de 26 de
noviembre, el Patrimonio Documental de Andalucía es el conjunto de los documentos
producidos, recibidos o reunidos por las personas físicas o jurídicas, tanto públicas como
privadas, ubicados en Andalucía, que poseen, por su origen, antigüedad o valor, interés
para la Comunidad Autónoma. Definición que hay que interpretar con la legislación
específica, que establece, en el artículo 15.1.b de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, que
forman parte del Patrimonio Documental de Andalucía «los documentos ubicados en la
Comunidad Autónoma con más de cuarenta años de antigüedad, conservados o no en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314103

Segundo. Corresponde a la Consejería de Cultura y Deporte, según lo previsto en el
Decreto 169/2024, de 26 de agosto, por el que se establece su estructura orgánica, las
competencias en materia de cultura y deporte, atribuyéndose a la Secretaría General
de Patrimonio Histórico y Documental las competencias de promoción, conservación
y difusión del patrimonio documental y bibliográfico de Andalucía, con arreglo al
artículo 6.2.i) del citado decreto.