3. Otras disposiciones. . (2023/52-42)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General de Contratación, por la que se da publicidad a la instrucción 2/2023 en relación con los contratos públicos financiados con fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOJA

Boletín
OficialDEde
la Junta
de YAndalucía
CONSEJERÍA
ECONOMÍA,
HACIENDA
FONDOS EUROPEOS
Número 52 - Viernes, 17 de marzo de 2023

Dirección General de Contratación

página 4826/26

241/2021, de 12 febrero, obrantes en las bases de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los
obtenidos a través de los convenios suscritos con los Colegios de Notarios y Registradores».
5. Que el artículo 23 “Abstención”, de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento “las autoridades y el personal al servicio de
las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente”, siendo
éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de
aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún
interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad
dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los
administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o
mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado
con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado
anterior.
d)

Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.

e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o
haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o
lugar».
Segundo. Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su poder, no
se encuentra incurso en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de interés, en los términos previstos
en el apartado cuatro de la disposición adicional centésima décima segunda, que pueda afectar al procedimiento
de licitación, ni en los términos previstos en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre
en su persona ninguna causa de abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
Tercero. Que se compromete a poner en conocimiento del órgano de contratación, sin dilación, cualquier
situación de conflicto de interés o causa de abstención que pudiera conocer y producirse en el cualquier
momento del procedimiento en curso.
Cuarto. Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea falsa,
acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la normativa de aplicación.
Y para que conste, se firma la presente declaración.

c/ Juan Antonio de Vizarrón s/n (Edif. Torretriana) 41092 SEVILLA.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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(Lugar, fecha y firma)