Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/74-6)
Orden de 6 de abril de 2022, por la que se convocan las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz, reguladas en la Orden de 8 de mayo de 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6288/2
3. La información asociada al procedimiento de ayudas al desarrollo de proyectos
acogidos a la Estrategia del Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del
Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz está disponible en el Catálogo de
Procedimientos y Servicios del Portal de la Junta de Andalucía, código de procedimiento
24392, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24392.html
Segundo. Financiación y régimen aplicable.
1. Las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo
del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz están
cofinanciadas por la Unión Europea en un 85 por ciento a través del Fondo Europeo
Marítimo y de Pesca, siendo la contribución financiera aportada por la Comunidad
Autónoma de Andalucía el 15 por ciento restante.
2. Las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo
del Grupos de Acción Local del Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz en
el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca se harán efectivas a través de los
siguientes créditos presupuestarios que se especifican a continuación con arreglo a la
cuantía total máxima total de 300.000 €:
Tipo de beneficiario
Cuantía
máxima
2022 (€)
Partida presupuestaria
Cofradías y otros
entes públicos
1300120000G/71P/74200/00 G1840412G6 2018000115
70.000
Entidades privadas
1300120000 G/71P/77300/00 G1840412G6 2018000116
145.000
Entidades sin ánimo
de lucro
1300120000 G/71P/78300/00 G1840412G6 2016000391
35.000
TOTAL
250.000
Cuantía
máxima
2023 (€)
50.000
50.000
Tercero. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de ayudas se presentarán ajustándose al formulario Anexo I que se
adjunta a la presente orden.
2. El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días, a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
3. Tanto las solicitudes de ayudas como la documentación que deba acompañarlas
se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura y se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259580
3. La cuantía total máxima convocada tiene carácter estimativo, quedando vinculados
los créditos presupuestarios establecidos de tal manera que, en caso de agotarse alguno,
este podrá ser compensado con otro u otros de los créditos convocados para este mismo
grupo o para otros Grupos de Acción Local del Sector Pesquero Andaluz.
4. Se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad con lo
establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
5. Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente
se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá
una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada
con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de
un aumento de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o
una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6288/2
3. La información asociada al procedimiento de ayudas al desarrollo de proyectos
acogidos a la Estrategia del Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del
Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz está disponible en el Catálogo de
Procedimientos y Servicios del Portal de la Junta de Andalucía, código de procedimiento
24392, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24392.html
Segundo. Financiación y régimen aplicable.
1. Las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo
del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz están
cofinanciadas por la Unión Europea en un 85 por ciento a través del Fondo Europeo
Marítimo y de Pesca, siendo la contribución financiera aportada por la Comunidad
Autónoma de Andalucía el 15 por ciento restante.
2. Las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo
del Grupos de Acción Local del Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz en
el marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca se harán efectivas a través de los
siguientes créditos presupuestarios que se especifican a continuación con arreglo a la
cuantía total máxima total de 300.000 €:
Tipo de beneficiario
Cuantía
máxima
2022 (€)
Partida presupuestaria
Cofradías y otros
entes públicos
1300120000G/71P/74200/00 G1840412G6 2018000115
70.000
Entidades privadas
1300120000 G/71P/77300/00 G1840412G6 2018000116
145.000
Entidades sin ánimo
de lucro
1300120000 G/71P/78300/00 G1840412G6 2016000391
35.000
TOTAL
250.000
Cuantía
máxima
2023 (€)
50.000
50.000
Tercero. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de ayudas se presentarán ajustándose al formulario Anexo I que se
adjunta a la presente orden.
2. El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días, a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
3. Tanto las solicitudes de ayudas como la documentación que deba acompañarlas
se dirigirán a la persona titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura y se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259580
3. La cuantía total máxima convocada tiene carácter estimativo, quedando vinculados
los créditos presupuestarios establecidos de tal manera que, en caso de agotarse alguno,
este podrá ser compensado con otro u otros de los créditos convocados para este mismo
grupo o para otros Grupos de Acción Local del Sector Pesquero Andaluz.
4. Se adquieren compromisos de carácter plurianual de conformidad con lo
establecido en el artículo 40 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
5. Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente
se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá
una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada
con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión, como consecuencia de
un aumento de crédito disponible derivado de una generación, una ampliación o
una incorporación de crédito de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del
Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.