Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/74-8)
Extracto de la Orden de 6 de abril de 2022, por la que se convocan las ayudas a proyectos acogidos a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo del Grupo de Acción Local del Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz, reguladas en la Orden de 8 de mayo de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022

página 6294/2

Tercero. Personas o entidades beneficiarias.
Podrán ser personas o entidades beneficiarias de las ayudas a los proyectos acogidos
a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo las personas físicas o jurídicas, así como
las agrupaciones de personas físicas o jurídicas identificadas en el artículo 11.3 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; las entidades sin ánimo de lucro; las
cofradías de pescadores, sus federaciones y otras entidades públicas; y las corporaciones
locales, siempre que cumplan las condiciones y reúnan los requisitos establecidos en el
artículo 6 de la Orden de 8 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local
Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero de Andalucía, durante el
periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.
Cuarto. Objeto.
Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de ayudas públicas a los proyectos que
se presenten al amparo de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo aprobadas al Grupo
de Acción Local del Sector Pesquero de la Comarca Noroeste de Cádiz. Esta estrategia tiene
como fin la consecución de los objetivos contemplados en el artículo 63 del El Reglamento (UE)
núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo
Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 2328/2003,
(CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y (CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento
(UE) núm. 1255/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Quinto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá en todos sus aspectos por lo establecido en la
Orden de 8 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de las ayudas a proyectos acogidos a las Estrategias de Desarrollo Local
Participativo de los Grupos de Acción Locales del Sector Pesquero de Andalucía, durante
el periodo de ejecución del marco del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días y se computará
desde el día siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Séptimo. Formularios.
1. Se publican junto con la orden de convocatoria los siguientes formularios:
a) Anexo I: Formulario de solicitud.
b) Anexo I BIS: Listado de personas miembros de una agrupación de personas
de acuerdo con el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
c) Anexo II. Formulario de alegaciones, aceptación y reformulación.
d) Anexo III: Solicitud de pago.
2. Estos formularios se podrán obtener, además, a través de la siguiente dirección
electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24392/como-solicitar.html,
así como en la sede de la Consejería de Agricultura, Ganadería Pesca y Desarrollo
Sostenible y de sus órganos periféricos.

ANA MARÍA CORREDERA QUINTANA
Viceconsejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
Por delegación de firma de la Consejera, Orden de 5 abril de 2022.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00259581

Sevilla,