Disposiciones generales. Consejería de Salud y Familias. (2022/74-11)
Acuerdo de 12 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento de las recomendaciones de la Consejería de Salud y Familias para el desarrollo de las romerías, ferias, verbenas y otras actividades festivas populares o tradicionales.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6291/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Acuerdo de 12 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se toma
conocimiento de las recomendaciones de la Consejería de Salud y Familias
para el desarrollo de las romerías, ferias, verbenas y otras actividades festivas
populares o tradicionales.
En su virtud, de conformidad con el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de
Salud y Familias, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 12
de abril de 2022,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259577
El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 22, garantiza el derecho
constitucional previsto en el artículo 43 de la Constitución Española a la protección de
la salud. El artículo 36 establece la obligación de todas las personas de colaborar en
situaciones de emergencia. Por último, en su artículo 55.2, dispone que corresponde a
la Comunidad Autónoma la competencia compartida en la ordenación y la ejecución de
las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los
ámbitos.
La Organización Mundial de la Salud, en adelante la OMS, declaró la emergencia
en salud pública de importancia internacional y la pandemia global ante la situación del
coronavirus COVID-19, con fechas 30 de enero y 11 de marzo de 2020, respectivamente.
Hacer frente a esta emergencia requiere adoptar una serie de medidas orientadas a
proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y
reforzar el sistema de salud pública.
Como consecuencia de ello, la Consejería de Salud y Familias empezó a tomar
medidas de carácter extraordinario para prevenir contagios y centrar los esfuerzos en la
lucha contra con la pandemia, desde el día 13 de marzo de 2020.
La celebración de ferias, verbenas, romerías y otras actividades festivas populares o
tradicionales forma parte de la cultura e identidad andaluzas.
La situación actual respecto a la crisis sanitaria provocada por la COVID-19
permite recuperar la celebración de este tipo de eventos, que son considerados como
multitudinarios en los que se producen aglomeraciones de personas en las que no será
posible mantener una distancia de seguridad, incluso al aire libre.
En virtud de dicho contexto, desde la Consejería de Salud y Familias, a través de la
Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, se ha entendido necesaria
la elaboración de un documento donde se plasmen una serie de recomendaciones
generales para la celebración de este tipo de eventos teniendo en cuenta la situación
actual de la pandemia, en el que se incluyen los aspectos más relevantes que tienen
que ser tenidos en consideración por sus promotores u organizadores y la población en
general.
Por tanto, teniendo en cuenta la situación de emergencia sanitaria declarada por
la OMS y la importancia que tienen en nuestra tierra este tipo de eventos populares o
tradicionales, se considera oportuno y conveniente que dichas recomendaciones sean
conocidas por parte del Consejo de Gobierno.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Miércoles, 20 de abril de 2022
página 6291/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Acuerdo de 12 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se toma
conocimiento de las recomendaciones de la Consejería de Salud y Familias
para el desarrollo de las romerías, ferias, verbenas y otras actividades festivas
populares o tradicionales.
En su virtud, de conformidad con el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de
Salud y Familias, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 12
de abril de 2022,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259577
El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 22, garantiza el derecho
constitucional previsto en el artículo 43 de la Constitución Española a la protección de
la salud. El artículo 36 establece la obligación de todas las personas de colaborar en
situaciones de emergencia. Por último, en su artículo 55.2, dispone que corresponde a
la Comunidad Autónoma la competencia compartida en la ordenación y la ejecución de
las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los
ámbitos.
La Organización Mundial de la Salud, en adelante la OMS, declaró la emergencia
en salud pública de importancia internacional y la pandemia global ante la situación del
coronavirus COVID-19, con fechas 30 de enero y 11 de marzo de 2020, respectivamente.
Hacer frente a esta emergencia requiere adoptar una serie de medidas orientadas a
proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y
reforzar el sistema de salud pública.
Como consecuencia de ello, la Consejería de Salud y Familias empezó a tomar
medidas de carácter extraordinario para prevenir contagios y centrar los esfuerzos en la
lucha contra con la pandemia, desde el día 13 de marzo de 2020.
La celebración de ferias, verbenas, romerías y otras actividades festivas populares o
tradicionales forma parte de la cultura e identidad andaluzas.
La situación actual respecto a la crisis sanitaria provocada por la COVID-19
permite recuperar la celebración de este tipo de eventos, que son considerados como
multitudinarios en los que se producen aglomeraciones de personas en las que no será
posible mantener una distancia de seguridad, incluso al aire libre.
En virtud de dicho contexto, desde la Consejería de Salud y Familias, a través de la
Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, se ha entendido necesaria
la elaboración de un documento donde se plasmen una serie de recomendaciones
generales para la celebración de este tipo de eventos teniendo en cuenta la situación
actual de la pandemia, en el que se incluyen los aspectos más relevantes que tienen
que ser tenidos en consideración por sus promotores u organizadores y la población en
general.
Por tanto, teniendo en cuenta la situación de emergencia sanitaria declarada por
la OMS y la importancia que tienen en nuestra tierra este tipo de eventos populares o
tradicionales, se considera oportuno y conveniente que dichas recomendaciones sean
conocidas por parte del Consejo de Gobierno.