3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/73-32)
Orden de 21 de marzo de 2022, por la que se autoriza el cambio de titularidad de varios centros docentes privados y dos escuelas hogar de la provincia de Jaén, a favor de la Fundación Educativa José Gras. (PP. 816/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022
página 5723/2
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de
educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Cristo Rey»,
código 23000027, y a la escuela hogar «Cristo Rey», código 23000121, ubicados en
C/ Arcipreste Robles, 8, de Alcalá la Real (Jaén), a los centros docentes privados de
educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Cristo Rey», código
23004628, y a la escuela hogar «Hijas de Cristo Rey», código 23005335, ubicados en
C/ Fuensanta, 14, de Villanueva del Arzobispo (Jaén), y a los centros docentes privados
de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Cristo Rey»,
código 23001986, con domicilio en Avda. Ruiz Jiménez, 10, de Jaén, que en lo sucesivo
la ostentará la Fundación Educativa José Gras, que queda subrogada en la totalidad de
los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la entidad titular cedente, en relación
a dichos centros, quedando los centros docentes privados de educación infantil, de
educación primaria y de educación secundaria con la configuración de enseñanzas que
se recoge en los «resultandos» anteriores.
Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y
a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y
Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Sevilla, 21 de marzo de 2022
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
00259010
Consejero de Educación y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022
página 5723/2
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Primero. Conceder el cambio de titularidad a los centros docentes privados de
educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Cristo Rey»,
código 23000027, y a la escuela hogar «Cristo Rey», código 23000121, ubicados en
C/ Arcipreste Robles, 8, de Alcalá la Real (Jaén), a los centros docentes privados de
educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Cristo Rey», código
23004628, y a la escuela hogar «Hijas de Cristo Rey», código 23005335, ubicados en
C/ Fuensanta, 14, de Villanueva del Arzobispo (Jaén), y a los centros docentes privados
de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Cristo Rey»,
código 23001986, con domicilio en Avda. Ruiz Jiménez, 10, de Jaén, que en lo sucesivo
la ostentará la Fundación Educativa José Gras, que queda subrogada en la totalidad de
los derechos y obligaciones que tuviera contraídas la entidad titular cedente, en relación
a dichos centros, quedando los centros docentes privados de educación infantil, de
educación primaria y de educación secundaria con la configuración de enseñanzas que
se recoge en los «resultandos» anteriores.
Segundo. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento de los centros.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Cuarto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y
a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y
Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Sevilla, 21 de marzo de 2022
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
00259010
Consejero de Educación y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja