Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/73-3)
Extracto de la Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria para el año 2022 de las subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad, en régimen de concurrencia competitiva, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Martes, 19 de abril de 2022

página 6261/4

Sevilla:
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS
1039180000 G/32L/47004/41 S0574
1039180000 G/32L/48004/41 S0574
TOTAL

ANUALIDAD 2022
(en euros)
8.125,00

ANUALIDAD 2023
(en euros)
8.125,00

TOTAL
(en euros)
16.250,00

8.125,00

8.125,00

16.250,00

16.250,00

16.250,00

32.500,00

Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán solicitar las subvenciones convocadas en la presente resolución las entidades
previstas en el apartado 4.a)1.º de los correspondientes cuadros resumen de las bases
reguladoras de la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, por parte del Servicio Andaluz
de Empleo, para personas con discapacidad en régimen de concurrencia competitiva y
que reúnan todos los requisitos indicados en el apartado 4.a).2.º de los mismos.
Tercero. Objeto.
1. El objeto de las subvenciones dirigidas al desarrollo de acciones relativas a las
unidades de apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste
personal y social de las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo
es compensar económicamente el desarrollo de acciones que ayuden a superar las
barreras, obstáculos o dificultades que las personas trabajadoras con discapacidad
tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia y
progresión en el mismo.
2. El objeto de las ayudas dirigidas a proyectos de empleo con apoyo de personas
con discapacidad como medida de integración laboral de las personas con discapacidad
en el sistema ordinario de trabajo es facilitar la adaptación social y laboral de trabajadores
con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral en empresas del
mercado ordinario de trabajo en condiciones similares al resto de los trabajadores que
desempeñan puestos equivalentes, incentivando el desarrollo de acciones de orientación
y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, prestadas por preparadores
laborales especializados.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, por
parte del Servicio Andaluz de Empleo, para personas con discapacidad en régimen de
concurrencia competitiva (BOJA núm. 27, de 9 de febrero de 2017).
Quinto. Cuantía.
1. La cuantía de las subvenciones se determinará de conformidad con lo dispuesto en
el apartado 5.a) del Cuadro Resumen correspondiente de cada línea de subvención de la
Orden de 7 de febrero de 2017.
2. Las subvenciones concedidas en el marco de la presente convocatoria serán por
una cuantía total máxima de 1.700.000 euros.
Porcentaje máximo de la subvención: 100%.

Séptimo. Otros datos.
El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados con la
convocatoria y en la página web de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/sae
El Director-Gerente, Miguel Ángel Terrero Prada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00259541

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente
a la publicación del presente extracto.