Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2022/72-2)
Resolución de 5 de abril de 2022, de la Dirección General de Promoción del Deporte, Hábitos Saludables y Tejido Deportivo, por la que se modifican los Anexos II, III y IV de la Orden de 11 de enero de 2011, conjunta de las Consejerías de Educación, Salud y Turismo, Comercio y Deporte, por la que se regula el plan de deporte en edad escolar de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
página 6190/13
(Página
8
de
8 )
ANEXO III
INSTRUCCIONES:
(1) Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Orden de 11 de enero de 2011, conjunta de las Consejerías de Educación,
Salud y Turismo, Comercio y Deporte, por la que se regula el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, y se aprueban los
programas que lo integran en el curso 2010-2011, y en la base 10.2 de la Resolución de 17 de marzo de 2011, de la Dirección
General de Planificación y Promoción del Deporte, por la que se establecen las bases para la inclusión de programas de deporte
en edad escolar en el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, cada solicitante deberá presentar un único Anexo II y tantos
Anexos III como programas solicite su inclusión en el Plan.
(2) Puede ser diferente a la denominación de uno de los programas en los que se solicita su inclusión.
(3) Indicar página web, donde se desarrolla la información del programa.
(4) Concretar el fin último del proyecto.
(5) Instrumentos de colaboración: acuerdos, convenios, etc.
(6) Especificar las Escuelas Deportivas por deportes y categorías de edad.
(7) Especificar las actuaciones por deportes y categorías de edad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00259452
001985/5
(8) Especificar las actuaciones por modalidades o especialidades deportivas y categorías de edad.
(9) Las categorías pueden especificarse según las siguientes siglas:
P: Prebenjamín.
B: Benjamín.
A: Alevín.
I: Infantil.
C: Cadete.
J: Juvenil.
(10) En el caso de que unos equipos de la escuela deportiva realicen más horas de actividad física que otros, marcar la opción según
la media aritmética resultante de sumar el número de horas de práctica semanal de todos los equipos y dividirlo por el número
de éstos.
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
página 6190/13
(Página
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ANEXO III
INSTRUCCIONES:
(1) Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Orden de 11 de enero de 2011, conjunta de las Consejerías de Educación,
Salud y Turismo, Comercio y Deporte, por la que se regula el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, y se aprueban los
programas que lo integran en el curso 2010-2011, y en la base 10.2 de la Resolución de 17 de marzo de 2011, de la Dirección
General de Planificación y Promoción del Deporte, por la que se establecen las bases para la inclusión de programas de deporte
en edad escolar en el Plan de Deporte en Edad Escolar de Andalucía, cada solicitante deberá presentar un único Anexo II y tantos
Anexos III como programas solicite su inclusión en el Plan.
(2) Puede ser diferente a la denominación de uno de los programas en los que se solicita su inclusión.
(3) Indicar página web, donde se desarrolla la información del programa.
(4) Concretar el fin último del proyecto.
(5) Instrumentos de colaboración: acuerdos, convenios, etc.
(6) Especificar las Escuelas Deportivas por deportes y categorías de edad.
(7) Especificar las actuaciones por deportes y categorías de edad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00259452
001985/5
(8) Especificar las actuaciones por modalidades o especialidades deportivas y categorías de edad.
(9) Las categorías pueden especificarse según las siguientes siglas:
P: Prebenjamín.
B: Benjamín.
A: Alevín.
I: Infantil.
C: Cadete.
J: Juvenil.
(10) En el caso de que unos equipos de la escuela deportiva realicen más horas de actividad física que otros, marcar la opción según
la media aritmética resultante de sumar el número de horas de práctica semanal de todos los equipos y dividirlo por el número
de éstos.
http://www.juntadeandalucia.es/eboja