Disposiciones generales. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2022/72-3)
Orden de 5 de abril de 2022, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía en el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para el ejercicio 2022.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
52 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022

página 6148/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN
Orden de 5 de abril de 2022, por la que se convocan subvenciones, en régimen
de concurrencia competitiva, a entidades privadas para programas que se
desarrollen en el marco de la solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía en
el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, para
el ejercicio 2022.
Mediante Orden de 20 de julio de 2021, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y
Conciliación (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2021), se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en materia
de personas mayores, personas con discapacidad, reforma y equipamiento de centros
de servicios sociales comunitarios, comunidad gitana, personas migrantes, personas
sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria, igualdad de trato y no discriminación de
las personas LGTBI, acción social, voluntariado, conciliación, participación ciudadana,
investigación e innovación social, en el ámbito de las competencias de la Consejería de
Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. En el marco de la referida orden se determina
la línea concreta de subvenciones a la que resulta de aplicación y se especifica el régimen
jurídico para su regulación.
Mediante las mismas se establece como nuevo objeto y actuación subvencionable el
desarrollo de escuelas de verano para personas menores de edad, preferentemente en
zonas desfavorecidas. Son convocadas por primera vez y de manera independiente del
resto de líneas, con la finalidad de facilitar su puesta en marcha a partir de la finalización
del curso escolar 2021/2022, para el apoyo de las necesidades de conciliación de las
familias con niñas y niños.
En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y de acuerdo con el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 26.2
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en
relación con el Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación,

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.
1. Se convoca para el ejercicio 2022, en la modalidad de concesión en régimen
de concurrencia competitiva, la línea 7 de subvenciones a entidades privadas para
programas que se desarrollen en el marco de la solidaridad y garantía alimentaria en
el ámbito de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en la cuantía
total máxima de 4.750.000,00 euros y con cargo a la partida presupuestaria 1600180000
G/31G/48500/00 S0717.
La línea de subvención se convoca para la realización de programas que se
desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía mediante
la realización de escuelas de verano para personas menores de edad, preferentemente
en zonas desfavorecidas. Actuaciones que se desarrollen para la preparación y reparto
de alimentos a personas menores de edad, durante el periodo de vacaciones fuera del
calendario escolar, que deberán contemplar acciones complementarias de carácter
educativo, relacionadas con el apoyo de los contenidos curriculares, de ocio y tiempo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00259426

DISPONGO