5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/72-76)
Anuncio de 31 de marzo de 2022, del Ayuntamiento de Marchena, de las bases que han de regir la convocatoria para la selección de una plaza de Subinspector de la Policía Local de este Ayuntamiento, mediante el procedimiento de concurso-oposición, acceso por movilidad vertical. (PP. 808/2022).
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
página 5628/8
titulaciones del apartado V.A.1 de la presente orden, ni la superación de asignaturas de
los mismos.
V.A.3.2. Docencia, ponencias y publicaciones.
La impartición de cursos de formación, comprendidos en el apartado V.A.3.1, dirigidos
al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de:
Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número
de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.
Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho
número, si se han impartido en cursos distintos.
Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación, o dirección de
curso, sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.
Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20 puntos,
en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un máximo
de: 1,00 punto.
Puntuación máxima del apartado V.A.3: 4,00 puntos.
V.A.4. Otros méritos:
V.A.4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía,
según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
Medalla de Oro: 3 puntos. Medalla de Plata: 2 puntos.
Cruz con distintivo verde: 1 punto. Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
V.A.4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del
Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos.
V.A.4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de
un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.
V.A.4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno
(máximo 4 felicitaciones), cada una: 0,25 puntos.
Puntuación máxima del apartado V.A.4: 4,00 puntos.
ANEXO II
1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización
del Estado Español. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución
Española de 1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El
Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes
constitucionales; clasificación y diferenciación.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad.
Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al
honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio
y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho
a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.
3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de
asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y
cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición
de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas
de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad
de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social
y económica.
5. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de los
mismos. El Defensor del Pueblo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00258922
TEM ARIO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Lunes, 18 de abril de 2022
página 5628/8
titulaciones del apartado V.A.1 de la presente orden, ni la superación de asignaturas de
los mismos.
V.A.3.2. Docencia, ponencias y publicaciones.
La impartición de cursos de formación, comprendidos en el apartado V.A.3.1, dirigidos
al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de:
Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número
de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.
Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho
número, si se han impartido en cursos distintos.
Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación, o dirección de
curso, sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.
Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20 puntos,
en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un máximo
de: 1,00 punto.
Puntuación máxima del apartado V.A.3: 4,00 puntos.
V.A.4. Otros méritos:
V.A.4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía,
según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
Medalla de Oro: 3 puntos. Medalla de Plata: 2 puntos.
Cruz con distintivo verde: 1 punto. Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
V.A.4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del
Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos.
V.A.4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito de
un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.
V.A.4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno
(máximo 4 felicitaciones), cada una: 0,25 puntos.
Puntuación máxima del apartado V.A.4: 4,00 puntos.
ANEXO II
1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización
del Estado Español. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución
Española de 1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El
Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes
constitucionales; clasificación y diferenciación.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad.
Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al
honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio
y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho
a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.
3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de
asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y
cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición
de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas
de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad
de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros
de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social
y económica.
5. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de los
mismos. El Defensor del Pueblo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00258922
TEM ARIO