Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/70-2)
Orden de 29 de marzo de 2022, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 3 de septiembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Martes, 12 de abril de 2022
página 5958/11
(Página 5 de 7)
8
ANEXO I
CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
8.1 CRITERIOS Y PUNTUACIÓN: se valorarán de 0 a 3 puntos.
8.1.1 CRITERIOS GENERALES:
A1) Adecuación del Proyecto al análisis DAFO del Programa Operativo del Programa Operativo del FEMP: (se valorará con 0 puntos si no se adecua y con 1 punto si se
adecua).
-Promover la formación, el emprendimiento y la diversificación.
A2) Aportación del proyecto a la consecución de los indicadores de resultados del Programa Operativo del FEMP: (se valorará con 0 puntos si no se aporta y con 1
punto si se aporta).
-Empleo (a tiempo completo) creado en el sector de la pesca o actividades complementarias.
-Empleo (a tiempo completo) mantenido en el sector de la pesca o actividades complementarias.
A3) Implicación del proyecto en otras prioridades u objetivos específicos: se valorará con 0 puntos si no está implicado y con 1 punto si está implicado.
-Modernización del ámbito socioeconómico del sector mediante el emprendimiento y la diversificación.
-Los criterios generales deben entenderse como criterios de elegibilidad de las operaciones. La puntuación obtenida con la aplicación de los criterios generales no se
sumará a la puntuación obtenida con la aplicación de los criterios específicos. En el caso de obtener 0 puntos en estos criterios, la solicitud quedará excluida.
8.1.2 CRITERIOS ESPECÍFICOS: Se valorarán con un máximo de 0 a 30 puntos.
B1) La edad del solicitante en el momento de la solicitud. En el caso de ser un grupo de pescadores se obtendrá la media de la edad de los mismos (a menor edad
mayor puntuación) : Hasta 10 puntos.
B2) Adquisición de un buque de la pesca costera artesanal: 10 puntos.
B3) Que la persona solicitante sea una mujer, o si se trata se un grupo de pescadores, que al menos el 50% sean mujeres: 10 puntos.
- Para la valoración del criterio B1: al menor número se le dará la máxima puntuación; puntuándose el resto proporcionalmente a la baja, considerando hasta dos
decimales.
- Los proyectos que no obtengan un mínimo de 5 puntos en la valoración de los croterios específicos serán eliminados, sin que tengan derecho a la concesión de la
ayuda.
8.2 PRIORIZACIÓN EN CASO DE EMPATE:
00259229
002500/3D
El empate se dirimirá de acuerdo a la mayor puntuación obtenida en alguno de los criterios de valoración; empezando por el primer criterio de valoración recogido en el
apartado anterior 8.1.2 y, continuando, en orden decreciente, conforme a la prelación establecida en dicho apartado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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ANEXO I
CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS
8.1 CRITERIOS Y PUNTUACIÓN: se valorarán de 0 a 3 puntos.
8.1.1 CRITERIOS GENERALES:
A1) Adecuación del Proyecto al análisis DAFO del Programa Operativo del Programa Operativo del FEMP: (se valorará con 0 puntos si no se adecua y con 1 punto si se
adecua).
-Promover la formación, el emprendimiento y la diversificación.
A2) Aportación del proyecto a la consecución de los indicadores de resultados del Programa Operativo del FEMP: (se valorará con 0 puntos si no se aporta y con 1
punto si se aporta).
-Empleo (a tiempo completo) creado en el sector de la pesca o actividades complementarias.
-Empleo (a tiempo completo) mantenido en el sector de la pesca o actividades complementarias.
A3) Implicación del proyecto en otras prioridades u objetivos específicos: se valorará con 0 puntos si no está implicado y con 1 punto si está implicado.
-Modernización del ámbito socioeconómico del sector mediante el emprendimiento y la diversificación.
-Los criterios generales deben entenderse como criterios de elegibilidad de las operaciones. La puntuación obtenida con la aplicación de los criterios generales no se
sumará a la puntuación obtenida con la aplicación de los criterios específicos. En el caso de obtener 0 puntos en estos criterios, la solicitud quedará excluida.
8.1.2 CRITERIOS ESPECÍFICOS: Se valorarán con un máximo de 0 a 30 puntos.
B1) La edad del solicitante en el momento de la solicitud. En el caso de ser un grupo de pescadores se obtendrá la media de la edad de los mismos (a menor edad
mayor puntuación) : Hasta 10 puntos.
B2) Adquisición de un buque de la pesca costera artesanal: 10 puntos.
B3) Que la persona solicitante sea una mujer, o si se trata se un grupo de pescadores, que al menos el 50% sean mujeres: 10 puntos.
- Para la valoración del criterio B1: al menor número se le dará la máxima puntuación; puntuándose el resto proporcionalmente a la baja, considerando hasta dos
decimales.
- Los proyectos que no obtengan un mínimo de 5 puntos en la valoración de los croterios específicos serán eliminados, sin que tengan derecho a la concesión de la
ayuda.
8.2 PRIORIZACIÓN EN CASO DE EMPATE:
00259229
002500/3D
El empate se dirimirá de acuerdo a la mayor puntuación obtenida en alguno de los criterios de valoración; empezando por el primer criterio de valoración recogido en el
apartado anterior 8.1.2 y, continuando, en orden decreciente, conforme a la prelación establecida en dicho apartado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja