Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/70-3)
Extracto de la Orden de 29 de marzo de 2022, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 3 de septiembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Martes, 12 de abril de 2022
página 5959/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Extracto de la Orden de 29 de marzo de 2022, por la que se convocan para el
año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 3 de septiembre de 2020, por
la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en
régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la pesca
en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo
y de la Pesca (2014-2020).
BDNS (Identif): 617881, 617882, 617883, 617884 y 617885.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 3 de septiembre
de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en
régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía,
en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020),
de las líneas de ayuda que se relacionan a continuación, en el ámbito de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en la cuantía total máxima que se
especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican.
Líneas de ayuda
Partidas presupuestarias
Cuantía
máxima (€)
2022
a) Ayuda inicial a jóvenes pescadores
1300120000G/71P/77300/00_G1312143G6_2018000360
100.000,00
b) Medidas de higiene, salud, seguridad y
condiciones de trabajo
1300120000G/71P/77300/00_G1312144G6_2016000367
75.000,00
c) Promoción eficiencia energética y mitigación del
cambio climático.
1300120000G/71P/77300/00_G1411153G6_2017000379
300.000,00
d) Promoción eficiencia energética mediante
sustitución o modernización de motores.
1300120000G/71P/77300/00_G1411154G6_2016000381
80.000,00
e) Inversiones a bordo mejora calidad de los
productos.
1300120000G/71P/77300/00_G1312148G6-2017000142
500.000,00
TOTAL
1.055.000,00
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas a jóvenes pescadores para la creación de
empresas para el ejercicio de la actividad pesquera, ayudas para inversiones a bordo
de buques pesqueros y en equipos individuales con el fin de mejorar la higiene, la salud,
la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores, ayudas para inversiones a
bordo para la promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259230
Segundo. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de estas líneas de ayudas las personas físicas y jurídicas así
como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, siempre que cada uno de los socios de estas
agrupaciones solicitantes cumplan las condiciones y requisitos establecidos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Martes, 12 de abril de 2022
página 5959/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Extracto de la Orden de 29 de marzo de 2022, por la que se convocan para el
año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 3 de septiembre de 2020, por
la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en
régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la pesca
en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo
y de la Pesca (2014-2020).
BDNS (Identif): 617881, 617882, 617883, 617884 y 617885.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdntrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 3 de septiembre
de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en
régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía,
en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020),
de las líneas de ayuda que se relacionan a continuación, en el ámbito de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en la cuantía total máxima que se
especifica y con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican.
Líneas de ayuda
Partidas presupuestarias
Cuantía
máxima (€)
2022
a) Ayuda inicial a jóvenes pescadores
1300120000G/71P/77300/00_G1312143G6_2018000360
100.000,00
b) Medidas de higiene, salud, seguridad y
condiciones de trabajo
1300120000G/71P/77300/00_G1312144G6_2016000367
75.000,00
c) Promoción eficiencia energética y mitigación del
cambio climático.
1300120000G/71P/77300/00_G1411153G6_2017000379
300.000,00
d) Promoción eficiencia energética mediante
sustitución o modernización de motores.
1300120000G/71P/77300/00_G1411154G6_2016000381
80.000,00
e) Inversiones a bordo mejora calidad de los
productos.
1300120000G/71P/77300/00_G1312148G6-2017000142
500.000,00
TOTAL
1.055.000,00
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas a jóvenes pescadores para la creación de
empresas para el ejercicio de la actividad pesquera, ayudas para inversiones a bordo
de buques pesqueros y en equipos individuales con el fin de mejorar la higiene, la salud,
la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores, ayudas para inversiones a
bordo para la promoción de la eficiencia energética y la mitigación del cambio climático
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00259230
Segundo. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de estas líneas de ayudas las personas físicas y jurídicas así
como las agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, siempre que cada uno de los socios de estas
agrupaciones solicitantes cumplan las condiciones y requisitos establecidos.