Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/69-1)
Resolución de 6 de abril de 2022, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la participación en el Programa de Campos de Voluntariado Juvenil para jóvenes andaluces o residentes en Andalucía en 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 69 - Lunes, 11 de abril de 2022
página 5904/8
Undécimo. Aceptación de condiciones.
La participación en el Programa de Campos de Voluntariado Juvenil para jóvenes
andaluces o residentes en Andalucía 2022 supondrá la aceptación de todas las
condiciones especificadas en la presente resolución y en las Condiciones Generales de
Participación que se establezcan al respecto.
Duodécimo. Impugnaciones.
La presente resolución agota la vía administrativa, y frente a ella podrá interponerse
potestativamente, recurso de reposición ante la Directora General de este Instituto, en
el plazo de un mes, o bien, impugnarlo directamente ante la jurisdicción contenciosoadministrativa, en el plazo de dos meses, en ambos casos, contados desde el día siguiente
a aquél en que tenga lugar su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en
los artículos 112.d) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
00259190
Sevilla, 6 de abril de 2022.- La Directora, María del Carmen Poyato López.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 69 - Lunes, 11 de abril de 2022
página 5904/8
Undécimo. Aceptación de condiciones.
La participación en el Programa de Campos de Voluntariado Juvenil para jóvenes
andaluces o residentes en Andalucía 2022 supondrá la aceptación de todas las
condiciones especificadas en la presente resolución y en las Condiciones Generales de
Participación que se establezcan al respecto.
Duodécimo. Impugnaciones.
La presente resolución agota la vía administrativa, y frente a ella podrá interponerse
potestativamente, recurso de reposición ante la Directora General de este Instituto, en
el plazo de un mes, o bien, impugnarlo directamente ante la jurisdicción contenciosoadministrativa, en el plazo de dos meses, en ambos casos, contados desde el día siguiente
a aquél en que tenga lugar su publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en
los artículos 112.d) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
00259190
Sevilla, 6 de abril de 2022.- La Directora, María del Carmen Poyato López.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja