3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. (2022/15-51)
Resolución de 18 de enero de 2022, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se determinan las temporadas, turnos y plazo de solicitud de estancia en las Residencias de Tiempo Libre de la Junta de Andalucía para el año 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 776/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 18 de enero de 2022, de la Dirección General de Trabajo y
Bienestar Laboral, por la que se determinan las temporadas, turnos y plazo
de solicitud de estancia en las Residencias de Tiempo Libre de la Junta de
Andalucía para el año 2022.
La Orden de 29 de junio de 2018, por la que se desarrolla el Decreto 15/1999, de 2 de
febrero, por el que se regula el uso, la participación y la gestión de la Red de Residencias de
Tiempo Libre pertenecientes a la Administración de la Junta de Andalucía, en su artículo 6
faculta a la Dirección General con competencia en materia de tiempo libre para determinar
las temporadas y turnos de cada ejercicio según las disponibilidades presupuestarias
existentes y, en su artículo 10, a señalar anualmente el plazo de presentación de solicitudes.
A través de la presente resolución se determinan las temporadas, turnos y plazo de
solicitud de estancia en las Residencias que componen la Red de Tiempo Libre de la
Junta de Andalucía para el año 2022.
En virtud de lo anterior, y de las competencias atribuidas en la gestión de programas
de tiempo libre por el artículo 8.2.b) del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
modificado por el Decreto 115/2020, de 8 de septiembre; así como los artículos 6, 10 y la
disposición final primera de la Orden de 29 de junio de 2018, por la que se desarrolla el
Decreto 15/1999, de 2 de febrero, por el que se regula el uso, la participación y la gestión
de la Red de Residencias de Tiempo Libre pertenecientes a la Administración de la Junta
de Andalucía, esta Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral
RESU ELV E
Segundo. Solicitudes.
Las solicitudes de estancia en las Residencias que componen la Red de Tiempo
Libre de la Junta de Andalucía se ajustarán a los siguientes modelos, según los grupos
de plazas previstos en el artículo 7.1 del Decreto 15/1999, de 2 de febrero, por el que
se regula el uso, la participación y la gestión de la Red de Residencias de Tiempo Libre
pertenecientes a la Administración de la Junta de Andalucía:
1. Para el grupo de plazas previsto en el artículo 7.1.a) del Decreto 15/1999, de 2 de
febrero, reserva para personas trabajadoras y sus familiares, se presentarán conforme al
modelo que figuran en el Anexo I de la Resolución de 29 de enero de 2021, por la que se
actualiza el modelo de solicitud de estancia en las residencias que componen la Red de
Tiempo Libre de la Junta de Andalucía y se determinan las temporadas, turnos y plazo de
solicitud de estancia para el año 2021 (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2021).
Las solicitudes deben confeccionarse a través del formulario electrónico y presentarse
con certificado digital en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/empleo/wrtl/Pagina.do?id=SOLICITUDES
2. Para el grupo de plazas previsto en el artículo 7.1.b) del Decreto 15/1999, de 2 de
febrero, reserva general, Programa Conoce Tu Tierra, se ajustarán al modelo que figura
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00254046
Primero. Temporadas y turnos 2022.
Las temporadas y turnos de las Residencias que componen la Red de Tiempo Libre
de la Junta de Andalucía para el año 2022 son los que se detallan en el anexo de esta
resolución.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 776/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 18 de enero de 2022, de la Dirección General de Trabajo y
Bienestar Laboral, por la que se determinan las temporadas, turnos y plazo
de solicitud de estancia en las Residencias de Tiempo Libre de la Junta de
Andalucía para el año 2022.
La Orden de 29 de junio de 2018, por la que se desarrolla el Decreto 15/1999, de 2 de
febrero, por el que se regula el uso, la participación y la gestión de la Red de Residencias de
Tiempo Libre pertenecientes a la Administración de la Junta de Andalucía, en su artículo 6
faculta a la Dirección General con competencia en materia de tiempo libre para determinar
las temporadas y turnos de cada ejercicio según las disponibilidades presupuestarias
existentes y, en su artículo 10, a señalar anualmente el plazo de presentación de solicitudes.
A través de la presente resolución se determinan las temporadas, turnos y plazo de
solicitud de estancia en las Residencias que componen la Red de Tiempo Libre de la
Junta de Andalucía para el año 2022.
En virtud de lo anterior, y de las competencias atribuidas en la gestión de programas
de tiempo libre por el artículo 8.2.b) del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
modificado por el Decreto 115/2020, de 8 de septiembre; así como los artículos 6, 10 y la
disposición final primera de la Orden de 29 de junio de 2018, por la que se desarrolla el
Decreto 15/1999, de 2 de febrero, por el que se regula el uso, la participación y la gestión
de la Red de Residencias de Tiempo Libre pertenecientes a la Administración de la Junta
de Andalucía, esta Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral
RESU ELV E
Segundo. Solicitudes.
Las solicitudes de estancia en las Residencias que componen la Red de Tiempo
Libre de la Junta de Andalucía se ajustarán a los siguientes modelos, según los grupos
de plazas previstos en el artículo 7.1 del Decreto 15/1999, de 2 de febrero, por el que
se regula el uso, la participación y la gestión de la Red de Residencias de Tiempo Libre
pertenecientes a la Administración de la Junta de Andalucía:
1. Para el grupo de plazas previsto en el artículo 7.1.a) del Decreto 15/1999, de 2 de
febrero, reserva para personas trabajadoras y sus familiares, se presentarán conforme al
modelo que figuran en el Anexo I de la Resolución de 29 de enero de 2021, por la que se
actualiza el modelo de solicitud de estancia en las residencias que componen la Red de
Tiempo Libre de la Junta de Andalucía y se determinan las temporadas, turnos y plazo de
solicitud de estancia para el año 2021 (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2021).
Las solicitudes deben confeccionarse a través del formulario electrónico y presentarse
con certificado digital en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/empleo/wrtl/Pagina.do?id=SOLICITUDES
2. Para el grupo de plazas previsto en el artículo 7.1.b) del Decreto 15/1999, de 2 de
febrero, reserva general, Programa Conoce Tu Tierra, se ajustarán al modelo que figura
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00254046
Primero. Temporadas y turnos 2022.
Las temporadas y turnos de las Residencias que componen la Red de Tiempo Libre
de la Junta de Andalucía para el año 2022 son los que se detallan en el anexo de esta
resolución.