Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2022/15-31)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de Coordinador/a de Cuidados de Enfermería de la Unidad de Gestión Clínica de Ubrique en el Área de Gestión Sanitaria Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz (Cádiz).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022

página 626/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y FAMILIAS
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Dirección General de Personal
del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca mediante el sistema
de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de
Coordinador/a de Cuidados de Enfermería de la Unidad de Gestión Clínica
de Ubrique en el Área de Gestión Sanitaria Jerez-Costa Noroeste y Sierra de
Cádiz (Cádiz).
La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias,
dispone en el apartado 3 de su artículo 4 que los profesionales sanitarios desarrollan,
entre otras, funciones en los ámbitos asistencial, investigador, docente, de Gestión
Clínica, de prevención, de información y de educación sanitarias.
Asimismo, la citada Ley 44/2003, en su artículo 10, apartado 1, establece que las
Administraciones sanitarias, los servicios de salud o los órganos de gobierno de los centros
y establecimientos sanitarios, según corresponda, establecerán los medios y sistemas de
acceso a las funciones de gestión clínica a través de procedimientos en los que habrán de
tener participación los propios profesionales, y en el apartado 2 del mismo artículo postula que
tendrán la consideración de funciones de gestión clínica las relativas a la jefatura o coordinación
de unidades y equipos sanitarios y asistenciales, estableciendo también que tales funciones
podrán ser desempeñadas en función de criterios que acrediten los conocimientos necesarios y
la adecuada capacitación. Finalmente, el apartado tercero del reiterado artículo 10, normativiza
que el ejercicio de funciones de Gestión Clínica estará sometido a la evaluación periódica y
podrá determinar, en su caso, la confirmación o remoción del interesado en dichas funciones.
El Decreto 197/2007, de 3 de julio, de la Consejería de Salud por el que se regula
la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de atención primaria de
salud en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 140, de 17 de julio), fija
la estructura funcional de los Distritos de Atención Primaria, definiendo las Unidades de
Gestión Clínica como la estructura organizativa responsable de la atención primaria de salud
a la población y estableciendo sus fines y composición, postulando en su artículo 26 que en
cada unidad de gestión clínica existirá una coordinación de cuidados de enfermería que
tendrá rango de cargo intermedio.
Con estos precedentes legislativos, el Decreto 132/2021, de 6 de abril, por el que se
regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros
sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 66, de 9 de abril de 2021), incluye
la Coordinación de los Cuidados de Enfermería de las Unidades de Gestión Clínica de
Atención Primaria dentro del conjunto de cargos intermedios del Servicio Andaluz de
Salud, estableciendo y regulando su acceso a través de lo contemplado en este decreto.

RESU ELV E
Primero. Convocar, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura de cargo
intermedio de Coordinador/a de Cuidados de Enfermería de la Unidad de Gestión Clínica
de Ubrique en el Área de Gestión Sanitaria Jerez-Costa Noroeste y Sierra de Cádiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00253910

Por ello atendiendo a los antecedentes citados, y en virtud del artículo 12.d) del
Decreto 105/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud, modificado por el
Decreto 3/2020, de 14 de enero, esta Dirección General de Personal