Disposiciones generales. Consejería de Educación y Deporte. (2022/15-2)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para las ayudas previstas en la Resolución de 24 de agosto de 2021, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años, en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil, adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía para el curso 2021-2022, así como se acuerda el traslado de la cuantía no aplicada en el primer procedimiento de selección de la citada convocatoria abierta.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022

página 634/2

Por otro lado, para atender a las necesidades de las familias que han participado en
el 2.º procedimiento de selección de la convocatoria abierta, cuyo plazo de presentación
de solicitudes finalizó el 31 de diciembre de 2021, se realiza una redistribución de la
partida presupuestaria G/42I/48000/00 de la anualidad 2022.
De conformidad con lo establecido en el artículo 15.l) del Decreto 194/2017, de 5
de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza
de Educación, y según lo dispuesto en las bases reguladoras del Programa de ayuda
aprobado mediante Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo, de medidas urgentes para
favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, el
órgano competente para la instrucción, evaluación y resolución de este procedimiento de
ayudas es la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación.
Así pues, en virtud de lo anterior, esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Trasladar un importe total de 1.276.310,07 euros, cantidad no aplicada en el
primer procedimiento de selección de la convocatoria abierta en régimen de concurrencia
competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas
menores de 3 años, en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil,
adheridos al «Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización
en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía», en el curso 2021-2022, para
la resolución del segundo procedimiento de selección de la mencionada convocatoria
abierta de ayudas.
Segundo. Dar publicidad al aumento crédito disponible de 4.528.306,44 euros
para el 2.º procedimiento de selección de la convocatoria abierta, en régimen de
concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización
de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de
educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la
escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, para el curso
2021-2022, estableciéndose las partidas presupuestarias destinadas a la financiación de
la convocatoria abierta por las cuantías máximas y con los compromisos de gasto de
carácter plurianual, conforme a la distribución siguiente:
ANUALIDAD

PARTIDA PRESUPUESTARIA

2021

G/42I/48000/00

6.150.972,77 €

2021

G/42I/46000/00

465.638,72 €

2022

G/42I/48000/00

34.628.576,44 €
41.245.187,93 €

Tercero. Modificar los importes máximos a otorgar para cada uno de los
procedimientos de selección de la convocatoria abierta, quedando establecidos en las
siguientes cuantías
- Para la resolución del 1.er Procedimiento de selección: 35.400.571,42 euros.
- Para la resolución del 2.º Procedimiento de selección: 5.814.616,51 euros.
- Para la resolución del 3.er Procedimiento de selección: 10.000, 00 euros.
- Para la resolución del 4.º Procedimiento de selección: 10.000,00 euros.
- Para la resolución del 5.º Procedimiento de selección: 10.000,0 euros.
Cuarto. La publicación del crédito destinado a la convocatoria abierta que se hace
mediante esta resolución no implica la apertura de un plazo para presentar nuevas
solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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TOTAL

CUANTÍA MÁXIMA