3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/15-47)
Resolución de 11 de enero de 2022, de la Dirección General de Administración Local, por la que se clasifica en el Ayuntamiento de Manilva (Málaga) el puesto de trabajo de colaboración denominado Viceintervención, clase 3.ª, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 579/2
podrán continuar desempeñándose, en su caso, con arreglo a la situación previa a esta
resolución durante un periodo máximo de tres meses hasta la cobertura del puesto
conforme a cualesquiera de los sistemas de provisión previstos en el Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo.
4. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este
orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo
de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el
requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración
Pública.
00253850
Sevilla, 11 de enero de 2022.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 579/2
podrán continuar desempeñándose, en su caso, con arreglo a la situación previa a esta
resolución durante un periodo máximo de tres meses hasta la cobertura del puesto
conforme a cualesquiera de los sistemas de provisión previstos en el Real Decreto
128/2018, de 16 de marzo.
4. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este
orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo
de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado
a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien, también con carácter potestativo, el
requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración
Pública.
00253850
Sevilla, 11 de enero de 2022.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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