3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local. (2022/15-46)
Resolución de 10 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Centro de Investigaciones Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de Málaga (CIEDES).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 620/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 10 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Centro de Investigaciones Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de
Málaga (CIEDES).
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Centro de Investigaciones
Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de Málaga (CIEDES), sobre la base de
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 26.10.2021 tuvo entrada en la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local escrito de la Fundación para la inscripción de la
modificación estatutaria adoptada por su patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al artículo 4.2, relativo al domicilio,
pasando la sede de la fundación a ubicarse en la calle Dos Aceras, 23, 2.ª planta, de
Málaga, Código Postal 29012.
Tercero. Al expediente se ha aportado la copia autorizada y copia simple de la
escritura pública otorgada el 8.10.2021 ante el Notario don Vicente J. Castillo Tamarit, del
Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 1.752 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del patronato de
24.11.2020, relativo a la modificación de estatutos, con mención expresa sobre la ausencia
de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de
estatutos acordada por el patronato.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de
Andalucía.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253895
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
BOJA
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022
página 620/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA
Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Resolución de 10 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro
de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación
Centro de Investigaciones Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de
Málaga (CIEDES).
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Centro de Investigaciones
Estratégicas y de Desarrollo Económico y Social de Málaga (CIEDES), sobre la base de
los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 26.10.2021 tuvo entrada en la Consejería de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local escrito de la Fundación para la inscripción de la
modificación estatutaria adoptada por su patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al artículo 4.2, relativo al domicilio,
pasando la sede de la fundación a ubicarse en la calle Dos Aceras, 23, 2.ª planta, de
Málaga, Código Postal 29012.
Tercero. Al expediente se ha aportado la copia autorizada y copia simple de la
escritura pública otorgada el 8.10.2021 ante el Notario don Vicente J. Castillo Tamarit, del
Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 1.752 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del patronato de
24.11.2020, relativo a la modificación de estatutos, con mención expresa sobre la ausencia
de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de
estatutos acordada por el patronato.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, en el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como en el Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado
por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de
Andalucía.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00253895
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el patronato de la fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.