3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/15-60)
Resolución de 10 de enero de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de los Fondos de Compensación Interterritorial, correspondiente al ejercicio 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Lunes, 24 de enero de 2022

página 715/28

ALEGACIÓN Nº 2, AL PUNTO 21 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
Para la programación del FCI correspondiente al presupuesto de 2022 se han tenido en cuenta las
recomendaciones de la Cámara de Cuentas y se ha cambiado la metodología que se venía utilizando
hasta el momento. Los cambios han sido los siguientes:




Se ha distribuido el crédito asignado a cada Consejería teniendo en cuenta las desviaciones
producidas en años anteriores.
En coordinación con la Dirección General de Presupuestos, se han tenido en cuenta tanto el
crédito en autofinanciada de cada Consejería como la fiabilidad de ejecución de aquellos
proyectos seleccionados correspondientes al FCI.
Se ha disminuido el número de proyectos seleccionados.

Se espera que estos cambios se traduzcan en una mejor planificación de los proyectos contenidos
en el Anexo de Inversiones de la Comunidad que van a ser financiados con el FCI correspondiente a
2022. Si bien no se puede garantizar que se produzcan una reducción efectiva en el número de proyectos a reprogramar, ya que dependerá de las distintas circunstancias sobrevenidas en la ejecución
del presupuesto 2022.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
El contenido de la alegación describe las actuaciones realizadas por la Dirección General de Análisis,
Planificación y Política Económica, siguiendo las recomendaciones realizadas por esta Institución
de control, para la programación de los proyectos que van a ser financiados con el FCI correspondiente a 2022, al objeto de que se produzca una mejor planificación de los contenidos en el Anexo
de inversiones de la Comunidad.
Asumiéndose íntegramente el contenido de lo expresado en el informe, la alegación no debe ser
admitida.
ALEGACIÓN Nº 3, AL PUNTO 22 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA)
La DG de Análisis, Planificación y Política Económica, atendiendo a las recomendaciones incluidas
en el Informe Definitivo de fiscalización de los Fondos de Compensación Interterritorial, ejercicio
2019, escribió oficios a los distintos órganos competentes requiriendo información sobre la situación
de la justificación de los saldos pendientes de justificar e instándoles a su depuración. La justificación
de esta actuación se incorporó en el informe sobre el seguimiento de las recomendaciones del Informe Definitivo de Fiscalización de los Fondos de Compensación Interterritorial, ejercicio 2019.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La alegación asume el contenido de lo expresado en el informe y describe las actuaciones realizadas
por la Dirección General de Análisis, Planificación y Política Económica para poner en práctica la
recomendación efectuada por esta Institución de Control (ha recabado información a las Consejerías correspondientes sobre qué actuaciones se están llevando a cabo para resolver los expedientes
referidos a los libramientos pendientes de justificar).

00253986

Por lo expuesto, la alegación no debe ser admitida.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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