Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2022/14-23)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Trabajador/a Social dependientes del Servicio Andaluz de Salud y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las Ofertas de Empleo Público para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022

página 526/11

E) Farmacia y terapéutica.
F) Formación Continuada.
G) Garantía de calidad.
H) Historias clínicas y protección de datos clínicos.
I) Infección Hospitalaria.
J) Investigación.
K) Mortalidad, tejidos y tumores.
L) Prevención del tabaquismo.
M) Salud Pública.
N) Seguridad del Paciente y Gestión de Riesgos.
O) Tecnología y adecuación de medios diagnósticos y terapéuticos.
P) Transfusiones.
Q) Trasplantes.
R) Urgencias y Catástrofes.
S) Violencia de Género.
ANEXO III
CATEGORÍA PROFESIONAL

CUPO
GENERAL

TRABAJADOR/A SOCIAL

41

RESERVA DISCAPACIDAD
Física, psíquica
Enfermedad
o sensorial
metal
4
1

Total
disc.
5

TOTAL
PLAZAS
46

ANEXO IV

1. En caso de que se requiera una actuación individualizada de prelación de las
personas aspirantes en la pruebas selectivas convocadas, y solo a estos efectos, el
orden de actuación será el determinado por la Resolución de 10 de febrero de 2021,
de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo que determina el orden de actuaciones de los aspirantes
en las pruebas selectivas que se convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la
presente resolución y que se celebren durante el año: será por orden alfabético a partir
de la persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «R». En el supuesto de
que no exista ninguna persona aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «R»,
el orden de actuación se iniciará por aquellos aspirantes cuyo primer apellido comience
por la letra «S» y así sucesivamente.
2. A efectos de establecer el orden alfabético se respetarán los siguientes criterios:
2.1. La letra «Ñ» se considerará tal «Ñ» y aparecerá en su orden alfabético
correspondiente, detrás de la letra «N».
2.2. Los primeros apellidos que comiencen con «DE», «DEL», «DE LA(S)» o «DE
LO(S)», serán tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean
transcritos por las personas interesadas, apareciendo en el lugar correspondiente a la
inicial del apellido en sí.
Ejemplo: LUIS DEL RÍO será tratado como RÍO, LUIS DEL.
2.3. Los segundos apellidos que comiencen «DE», «DEL», «DE LA(S)» o «DE
LO(S)», serán tratados de forma igualitaria, independientemente de la forma en que sean
transcritos por las personas interesadas, apareciendo en el lugar correspondiente a la
inicial del apellido en sí.
Ejemplo:
LUIS DEL RÍO DE LA FUENTE debe figurar en el listado como RÍO DE LA FUENTE,
LUIS DEL
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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CRITERIOS DE PRELACIÓN Y ORDEN ALFABÉTICO