3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/14-58)
Acuerdo de 18 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Gestión de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía para el periodo 2022-2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022
página 691/8
Programa de Gestión
e) En materia de Formación y Educación Ambiental, corresponderá a la Agencia el apoyo técnico en la
planificación y ejecución de las competencias que correspondan a la Consejería competente en materia de
Medio Ambiente.
f) En materia de información ambiental, la Agencia llevará a cabo las actuaciones cuya gestión se le
encomiende, referidas a la Red de información Ambiental de Andalucía y a la difusión de la información
ambiental, en los términos legalmente establecidos.
g) En materia de actuaciones sobre planificación de medio ambiente y agua, la Agencia colaborará con la
Consejería competente en materia de Medio Ambiente en la redacción, tramitación, seguimiento y evaluación
de Estrategias, Planes y Programas.
h) En materia de cambio climático y medio ambiente urbano la Agencia prestará auxilio técnico a la
Consejería competente en materia de medio ambiente para la ejecución de iniciativas relacionadas con la
mejora del medio ambiente urbano y en el seguimiento y control de la aplicación del régimen del comercio de
derechos de emisión de gases de efecto invernadero, contabilidad de emisiones y huella de carbono, así como
el desarrollo de trabajos relacionados con las políticas de mitigación, adaptación y comunicación. Igualmente
llevará a cabo labores de apoyo técnico en el seguimiento y control en materia de contaminación acústica y
lumínica.
i) En materia de Obras e instalaciones relacionadas con la protección, conservación, regeneración y
mejora del medio ambiente, corresponderá a la Agencia la ejecución de actividades de contenido
empresarial relacionadas con dicha materia, así como la adquisición, construcción, mantenimiento y
conservación de las obras e instalaciones que se le encomienden.
j) En materia de agua, la Agencia llevará a cabo actuaciones de contenido empresarial relacionadas con dicha
materia y las que se le encomienden en relación con las competencias de la Consejería competente en materia
de agua, incluidas la adquisición, construcción, conservación y mantenimiento de obras hidráulicas; apoyo
técnico en la tramitación y ejecución de expedientes de expropiación forzosa relacionados con las
infraestructuras hidráulicas, conservación, mantenimiento y protección de los aprovechamientos hidráulicos y
del dominio público hidráulico en general; auxilio técnico para la realización de las funciones en materia de
vigilancia y control de la calidad de las aguas, así como para el mantenimiento y conservación de los Sistemas
Automáticos de Información Hidrológica y demás redes; y la ejecución de actuaciones relacionadas con
00253966
emergencias, para la prevención y solución de situaciones derivadas de fenómenos extremos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
Pá gina 6
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022
página 691/8
Programa de Gestión
e) En materia de Formación y Educación Ambiental, corresponderá a la Agencia el apoyo técnico en la
planificación y ejecución de las competencias que correspondan a la Consejería competente en materia de
Medio Ambiente.
f) En materia de información ambiental, la Agencia llevará a cabo las actuaciones cuya gestión se le
encomiende, referidas a la Red de información Ambiental de Andalucía y a la difusión de la información
ambiental, en los términos legalmente establecidos.
g) En materia de actuaciones sobre planificación de medio ambiente y agua, la Agencia colaborará con la
Consejería competente en materia de Medio Ambiente en la redacción, tramitación, seguimiento y evaluación
de Estrategias, Planes y Programas.
h) En materia de cambio climático y medio ambiente urbano la Agencia prestará auxilio técnico a la
Consejería competente en materia de medio ambiente para la ejecución de iniciativas relacionadas con la
mejora del medio ambiente urbano y en el seguimiento y control de la aplicación del régimen del comercio de
derechos de emisión de gases de efecto invernadero, contabilidad de emisiones y huella de carbono, así como
el desarrollo de trabajos relacionados con las políticas de mitigación, adaptación y comunicación. Igualmente
llevará a cabo labores de apoyo técnico en el seguimiento y control en materia de contaminación acústica y
lumínica.
i) En materia de Obras e instalaciones relacionadas con la protección, conservación, regeneración y
mejora del medio ambiente, corresponderá a la Agencia la ejecución de actividades de contenido
empresarial relacionadas con dicha materia, así como la adquisición, construcción, mantenimiento y
conservación de las obras e instalaciones que se le encomienden.
j) En materia de agua, la Agencia llevará a cabo actuaciones de contenido empresarial relacionadas con dicha
materia y las que se le encomienden en relación con las competencias de la Consejería competente en materia
de agua, incluidas la adquisición, construcción, conservación y mantenimiento de obras hidráulicas; apoyo
técnico en la tramitación y ejecución de expedientes de expropiación forzosa relacionados con las
infraestructuras hidráulicas, conservación, mantenimiento y protección de los aprovechamientos hidráulicos y
del dominio público hidráulico en general; auxilio técnico para la realización de las funciones en materia de
vigilancia y control de la calidad de las aguas, así como para el mantenimiento y conservación de los Sistemas
Automáticos de Información Hidrológica y demás redes; y la ejecución de actuaciones relacionadas con
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emergencias, para la prevención y solución de situaciones derivadas de fenómenos extremos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
Pá gina 6
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