3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/14-58)
Acuerdo de 18 de enero de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Gestión de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía para el periodo 2022-2025.
84 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Viernes, 21 de enero de 2022

página 691/6

1. CONTEXTO
1.1

Naturaleza y régimen jurídico

La Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, en su artículo 22.1
autorizó la creación de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía (en adelante Agencia), como
agencia pública empresarial de carácter instrumental de las previstas en el artículo 68.1.b de la Ley 9 /2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Dicha creación quedó efectivamente materializada tras la aprobación de sus Estatutos, por el Decreto
104/2011, de 19 de abril, y su posterior publicación en el BOJA n.º 83, de 29 de abril de 2011, entrando en
vigor al día siguiente al de su publicación. Los Estatutos de la Agencia han sido modificados por el Decreto
220/2018, de 4 de diciembre, por el que se adecuan los Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua
de Andalucía a lo previsto en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 noviembre, de Contratos del Sector
Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico Español las Directivas del Parlamento Europeo
y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como por el Decreto 179/2021, de 15
de junio, por el que se modifican determinados preceptos de los Estatutos de la Agencia de Medio
Ambiente y Agua de Andalucía, aprobados mediante el Decreto 104/2011, de 19 de abril.
De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional décima de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, la
Agencia está al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, gozando de la consideración de
medio propio personificado en los términos establecidos en dicha disposición, en el artículo 53.bis de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, en el artículo 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del
Sector Público, y en las sucesivas Leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Está adscrita a la Consejería competente en materia de medio ambiente y agua, en la actualidad la
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de acuerdo con lo señalado por el
Decreto 103/2019, de 12 de febrero, a la que corresponde el control de la eficacia sin perjuicio de las
competencias que la Ley otorga a las consejerías competentes en materia de Hacienda y de Administración
Pública. Tiene personalidad jurídica propia, con plena capacidad jurídica y de obrar y patrimonio propio.
La Agencia se rige por lo dispuesto en la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de
Andalucía, por la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía (LAJA) y por
sus propios Estatutos en lo que no se oponga a aquellas. Así mismo, se rige por la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector

00253966

Público, el Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja