Autoridades y personal. Universidades. (2021/226-22)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema de acceso libre, para ingreso en la categoría de Titulado/a de Grado Medio.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021
página 18535/5
5. Tribunal de Valoración.
5.1. La composición del Tribunal de Valoración de este proceso selectivo se ajustará
a lo establecido en los artículos 21 y 22 del vigente Convenio Colectivo y se publicará en
la resolución por la que se declare aprobada la lista provisional de personas admitidas y
excluidas. La pertenencia al Tribunal de Valoración será a título individual, sin que pueda
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la
autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El/La Presidente/a
podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos
en las circunstancias previstas en dicho artículo.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal
cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, si se hubiese producido
y prosperado un incidente de abstención o recusación, o se hubiese producido alguna
renuncia, se expondrá al público, en el lugar indicado en el apartado 1.8. de la base
primera de esta convocatoria, la Resolución de la Rectora de la Universidad por la que
se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 o por otras causas
debidamente justificadas.
5.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia,
del/de la Presidente/a y Secretario/a o en su caso, de quienes les suplan, y la de la
mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva, que se celebrará con una
antelación mínima de 10 días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de
oposición, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo del proceso selectivo.
A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la misma mayoría, indicada en el apartado anterior, de sus
miembros, titulares o suplentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250757
En la citada resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía», y en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y
Servicios, se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio, así como
la relación de las personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas
de exclusión. Además, se publicará la composición del Tribunal de Valoración.
4.2. Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren ni en la relación
de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía», para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión
u omisión. Las personas que dentro del plazo señalado no los subsanen quedarán
definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación, la Rectora de la Universidad de Huelva hará
pública en el lugar indicado en el apartado 1.8 la resolución por la que se apruebe la
relación definitiva de personas admitidas y excluidas, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no incluidas en la misma.
4.4. Contra la resolución por la que se apruebe la relación de personas aspirantes
admitidas y excluidas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo
órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos
plazos contados a partir de su publicación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021
página 18535/5
5. Tribunal de Valoración.
5.1. La composición del Tribunal de Valoración de este proceso selectivo se ajustará
a lo establecido en los artículos 21 y 22 del vigente Convenio Colectivo y se publicará en
la resolución por la que se declare aprobada la lista provisional de personas admitidas y
excluidas. La pertenencia al Tribunal de Valoración será a título individual, sin que pueda
ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la
autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas
en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El/La Presidente/a
podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos
en las circunstancias previstas en dicho artículo.
Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal
cuando concurra alguna de dichas circunstancias.
5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, si se hubiese producido
y prosperado un incidente de abstención o recusación, o se hubiese producido alguna
renuncia, se expondrá al público, en el lugar indicado en el apartado 1.8. de la base
primera de esta convocatoria, la Resolución de la Rectora de la Universidad por la que
se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran
perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 o por otras causas
debidamente justificadas.
5.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia,
del/de la Presidente/a y Secretario/a o en su caso, de quienes les suplan, y la de la
mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva, que se celebrará con una
antelación mínima de 10 días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de
oposición, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo del proceso selectivo.
A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la misma mayoría, indicada en el apartado anterior, de sus
miembros, titulares o suplentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250757
En la citada resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía», y en la página web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y
Servicios, se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio, así como
la relación de las personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas
de exclusión. Además, se publicará la composición del Tribunal de Valoración.
4.2. Las personas aspirantes excluidas, así como las que no figuren ni en la relación
de admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía», para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión
u omisión. Las personas que dentro del plazo señalado no los subsanen quedarán
definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3. Finalizado el plazo de subsanación, la Rectora de la Universidad de Huelva hará
pública en el lugar indicado en el apartado 1.8 la resolución por la que se apruebe la
relación definitiva de personas admitidas y excluidas, entendiéndose desestimadas las
reclamaciones no incluidas en la misma.
4.4. Contra la resolución por la que se apruebe la relación de personas aspirantes
admitidas y excluidas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo
órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos
plazos contados a partir de su publicación.