Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/226-5)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a dependientes de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de las ofertas de empleo público extraordinaria de estabilización y ordinarias aprobadas para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021
página 18529/4
5. Admisión de solicitudes.
Para el cumplimiento del requisito de participación por el cupo de reserva de plazas
de cualquier tipo de discapacidad, las personas aspirantes deberán poseer un grado de
discapacidad igual o superior al 33% en la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, por lo que, para subsanar esta circunstancia en la fase de alegaciones
al listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, deberán aportar
necesariamente para su comprobación la resolución, el certificado o la tarjeta acreditativa,
en los que expresamente conste el grado de discapacidad concedido, la fecha de
concesión y vigencia del grado de discapacidad, emitido por el órgano competente en esta
materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas.
No obstante lo anterior, en los casos en que la acreditación de la condición de
persona con una discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente
de la Junta de Andalucía, la persona opositora no tendrá que presentar dicha resolución,
certificado o tarjeta, ya que la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio
por la Dirección General competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, salvo oposición expresa de la misma, en cuyo caso deberá acreditarla tal y como
se describe en el párrafo anterior.
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
El sistema selectivo para ingresar en la categoría y en su caso especialidad será el de
concurso-oposición constando de dos fases: fase de oposición y fase de concurso de méritos.
La puntuación máxima total del baremo del concurso oposición será de 200 puntos
correspondiendo el 50% de este a la oposición y el otro 50% del baremo a la fase de
concurso.
Fase de oposición.
Valor del examen: 100 puntos.
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 40 puntos).
A. Servicios prestados en centros sanitarios.
1. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad.
a) En centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario
Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la
Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa,
agencia pública empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública
admitida en derecho: 0,30 puntos.
b) En centros sanitarios públicos de países no integrados en la Unión Europea,
gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública
empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en
derecho: 0,025 puntos.
c) En centros hospitalarios privados adscritos al Servicio Nacional de Salud en virtud
de un convenio singular, debidamente justificado documentalmente: 0,10 puntos.
d) En centros sanitarios de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales de la seguridad social o mutuas Patronales 0,10 puntos.
2. Los servicios prestados en categoría y especialidad distinta a la que concursa se
valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario
Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250750
Fase de concurso.
BOJA
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021
página 18529/4
5. Admisión de solicitudes.
Para el cumplimiento del requisito de participación por el cupo de reserva de plazas
de cualquier tipo de discapacidad, las personas aspirantes deberán poseer un grado de
discapacidad igual o superior al 33% en la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes, por lo que, para subsanar esta circunstancia en la fase de alegaciones
al listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, deberán aportar
necesariamente para su comprobación la resolución, el certificado o la tarjeta acreditativa,
en los que expresamente conste el grado de discapacidad concedido, la fecha de
concesión y vigencia del grado de discapacidad, emitido por el órgano competente en esta
materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas.
No obstante lo anterior, en los casos en que la acreditación de la condición de
persona con una discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente
de la Junta de Andalucía, la persona opositora no tendrá que presentar dicha resolución,
certificado o tarjeta, ya que la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio
por la Dirección General competente en materia de Personal del Servicio Andaluz de
Salud, salvo oposición expresa de la misma, en cuyo caso deberá acreditarla tal y como
se describe en el párrafo anterior.
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
El sistema selectivo para ingresar en la categoría y en su caso especialidad será el de
concurso-oposición constando de dos fases: fase de oposición y fase de concurso de méritos.
La puntuación máxima total del baremo del concurso oposición será de 200 puntos
correspondiendo el 50% de este a la oposición y el otro 50% del baremo a la fase de
concurso.
Fase de oposición.
Valor del examen: 100 puntos.
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 40 puntos).
A. Servicios prestados en centros sanitarios.
1. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad.
a) En centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario
Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la
Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa,
agencia pública empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública
admitida en derecho: 0,30 puntos.
b) En centros sanitarios públicos de países no integrados en la Unión Europea,
gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública
empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en
derecho: 0,025 puntos.
c) En centros hospitalarios privados adscritos al Servicio Nacional de Salud en virtud
de un convenio singular, debidamente justificado documentalmente: 0,10 puntos.
d) En centros sanitarios de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales de la seguridad social o mutuas Patronales 0,10 puntos.
2. Los servicios prestados en categoría y especialidad distinta a la que concursa se
valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario
Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250750
Fase de concurso.