Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/226-9)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a dependientes de los Hospitales de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente aprobados por el Decreto 227/2020, de 29 de diciembre, Resolución de 22 de diciembre de 2020 (30 de diciembre de 2020), y el Decreto 198/2021, de 20 de julio, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021

página 18505/6

Apartado tres. Formación continuada, docencia impartida en actividades de formación
(máximo 54 puntos).
Apartado tres.uno. Formación continuada
1. Formación continuada impartida por centros universitarios.
Formación Permanente impartida por Centros Universitarios bajo la denominación de
cursos, diplomas o certificaciones de extensión universitaria, programas de desarrollo
profesional y personal o equivalente cuyos contenidos estén directamente relacionados
con la correspondiente categoría/especialidad.
a) Con un número igual o superior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 1,5 puntos.
b) Con un número inferior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas): por cada
crédito de ECTS: 0,10 puntos.
2. Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas que guarden
una relación directa y proporcionada a las exigencias de los puestos de trabajo propios
de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa.
2.1. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por los siguientes organismos públicos:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas,
Consejería o Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo
o Servicio de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público
a ellas adscritos.
2.2. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por los siguientes organismos públicos, corporaciones de derecho público,
asociaciones de utilidad pública, organizaciones sindicales que intervienen en el Sistema
Nacional de Salud y Entidades sin ánimo de lucro entre cuyos fines se encuentre la
formación y hasta un máximo de 20 puntos:
a) Otras Administraciones Públicas o las entidades del sector público a ellas adscritos
diferentes de las incluidas en el apartado anterior.
b) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
c) Por Corporaciones Profesionales Sociedades Científicas presentes en el sector
sanitario de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el
en el ámbito del ejercicio profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
d) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritos.
e) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines esté la formación.
f) Fundaciones Privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,025 puntos.
b) Por cada crédito y hasta un máximo de 3 puntos: 0,25 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00250778

aprobado (5), de manera que no se adjudica puntuación al 5 y la puntuación máxima es
de 2 puntos, que corresponde al 10 de nota media.
2. Otras titulaciones académicas.
Por cada titulación académica de igual o superior nivel académico a la exigida para
acceder a la categoría a la que se opte, relacionada con el programa de materias que
rigen las pruebas selectivas, y distinta a la presentada para acceder a la categoría: 4
puntos por cada titulación.