Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/226-8)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a dependientes de los Hospitales de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente aprobados por el Decreto 168/2020, de 6 octubre, Decreto 227/2020, de 29 de diciembre, Resolución de 22 de diciembre (30 de diciembre de 2020), y el Decreto 198/2021 de 20 de julio ,y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021

página 18504/6

Apartado segundo. Formación académica (máximo 6 puntos).
1. Expediente académico correspondiente a la titulación exigida como requisito de
acceso.
Se puntuará, hasta un máximo de 2 puntos, el expediente académico correspondiente
a la titulación que habilita para ejercer la profesión. Se valorará de manera proporcional a
la nota media obtenida. Se otorgan 0,04 puntos por cada décima que supere la nota del
aprobado (5), de manera que no se adjudica puntuación al 5 y la puntuación máxima es
de 2 puntos, que corresponde al 10 de nota media.
2. Otras titulaciones académicas
Por cada titulación académica de igual o superior nivel académico a la exigida para
acceder a la categoría a la que se opte, relacionada con el programa de materias que
rigen las pruebas selectivas, y distinta a la presentada para acceder a la categoría: 4
puntos por cada titulación.

Apartado tres uno. Formación continuada.
1. Formación continuada impartida por centros universitarios.
Formación Permanente impartida por Centros Universitarios bajo la denominación de
cursos, diplomas o certificaciones de extensión universitaria, programas de desarrollo
profesional y personal o equivalente cuyos contenidos estén directamente relacionados
con la correspondiente categoría/especialidad.
a) Con un número igual o superior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 1,5 puntos.
b) Con un número inferior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas): por cada
crédito de ECTS: 0,10 puntos.
2. Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas que guarden
una relación directa y proporcionada a las exigencias de los puestos de trabajo propios
de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa.
2.1. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por los siguientes organismos públicos:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas,
Consejería o Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo
o Servicio de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público
a ellas adscritos.
2.2. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por los siguientes organismos públicos, corporaciones de derecho público,
asociaciones de utilidad pública, organizaciones sindicales que intervienen en el Sistema
Nacional de Salud y Entidades sin ánimo de lucro entre cuyos fines se encuentre la
formación y hasta un máximo de 20 puntos:
a) Otras Administraciones Públicas o las entidades del sector público a ellas adscritos
diferentes de las incluidas en el apartado anterior.
b) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
c) Por Corporaciones Profesionales Sociedades Científicas presentes en el sector
sanitario de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el
en el ámbito del ejercicio profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00250779

Apartado tres. Formación continuada, docencia impartida en actividades de formación
(máximo 54 puntos).