Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/226-16)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso de promoción interna, para cubrir plazas básicas vacantes de Administrativo/a y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021
página 18541/4
al listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, deberán aportar
necesariamente para su comprobación la resolución, el certificado o la tarjeta acreditativa,
en los que expresamente conste el grado de discapacidad concedido, la fecha de
concesión y vigencia del grado de discapacidad, emitido por el órgano competente en
esta materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones
Públicas.
No obstante lo anterior, en los casos en que la acreditación de la condición de
persona con una discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente
de la Junta de Andalucía, la persona opositora no tendrá que presentar dicha resolución,
certificado o tarjeta, ya que la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio
por la Dirección Gerencia, salvo oposición expresa del interesado, en cuyo caso deberá
acreditarla tal y como se describe en el párrafo anterior.
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
El sistema selectivo para ingresar en la categoría y en su caso especialidad será el
de concurso-oposición constando de dos fases: Fase de oposición y fase de concurso de
méritos.
La puntuación máxima total del baremo del concurso oposición será de 200 puntos,
correspondiendo el 50% de este a la oposición y el otro 50% del baremo a la fase de
concurso.
Fase de concurso.
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 40 puntos).
A) Servicios prestados en centros sanitarios.
1. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad.
a) En centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario
Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la
Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa,
agencia pública empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad
pública admitida en derecho, así como en Centros Sanitarios transferidos desde las
Administraciones Locales, durante el periodo de tiempo en los que mantuvieron acuerdos
de colaboración mediantes los correspondientes convenios de colaboración previos a
la integración efectiva en el Sistema Sanitario Público autorizada mediante Acuerdo del
Consejo de Gobierno: 0,30 puntos.
b) En centros sanitarios públicos de países no integrados en la Unión Europea,
gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública
empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en
derecho: 0,025 puntos.
c) En centros hospitalarios privados adscritos al Servicio Nacional de Salud en virtud
de un convenio singular, debidamente justificado documentalmente: 0,10 puntos.
d) En centros sanitarios de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales de la seguridad social o mutuas Patronales 0,10 puntos.
2. Los servicios prestados en categoría y especialidad distinta a la que concursa se
valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario
Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público
de los países miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250765
Fase de oposición.
Valor del examen: 100 puntos.
BOJA
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021
página 18541/4
al listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas, deberán aportar
necesariamente para su comprobación la resolución, el certificado o la tarjeta acreditativa,
en los que expresamente conste el grado de discapacidad concedido, la fecha de
concesión y vigencia del grado de discapacidad, emitido por el órgano competente en
esta materia de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones
Públicas.
No obstante lo anterior, en los casos en que la acreditación de la condición de
persona con una discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente
de la Junta de Andalucía, la persona opositora no tendrá que presentar dicha resolución,
certificado o tarjeta, ya que la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio
por la Dirección Gerencia, salvo oposición expresa del interesado, en cuyo caso deberá
acreditarla tal y como se describe en el párrafo anterior.
ANEXO II
BAREMO DE MÉRITOS
El sistema selectivo para ingresar en la categoría y en su caso especialidad será el
de concurso-oposición constando de dos fases: Fase de oposición y fase de concurso de
méritos.
La puntuación máxima total del baremo del concurso oposición será de 200 puntos,
correspondiendo el 50% de este a la oposición y el otro 50% del baremo a la fase de
concurso.
Fase de concurso.
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 40 puntos).
A) Servicios prestados en centros sanitarios.
1. Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad.
a) En centros sanitarios públicos del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario
Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la
Unión Europea, gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa,
agencia pública empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad
pública admitida en derecho, así como en Centros Sanitarios transferidos desde las
Administraciones Locales, durante el periodo de tiempo en los que mantuvieron acuerdos
de colaboración mediantes los correspondientes convenios de colaboración previos a
la integración efectiva en el Sistema Sanitario Público autorizada mediante Acuerdo del
Consejo de Gobierno: 0,30 puntos.
b) En centros sanitarios públicos de países no integrados en la Unión Europea,
gestionados por administración pública sanitaria, agencia administrativa, agencia pública
empresarial o cualquiera otra entidad de naturaleza o titularidad pública admitida en
derecho: 0,025 puntos.
c) En centros hospitalarios privados adscritos al Servicio Nacional de Salud en virtud
de un convenio singular, debidamente justificado documentalmente: 0,10 puntos.
d) En centros sanitarios de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades
profesionales de la seguridad social o mutuas Patronales 0,10 puntos.
2. Los servicios prestados en categoría y especialidad distinta a la que concursa se
valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:
a) En centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud y del Sistema Sanitario
Público de Andalucía y sus centros integrados o de cualquier centro sanitario público
de los países miembros de la Unión Europea, gestionados por administración pública
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250765
Fase de oposición.
Valor del examen: 100 puntos.