Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/226-19)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Técnico/a Especialista en Informática y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo.
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Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021
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c) Por Corporaciones Profesionales Sociedades Científicas presentes en el sector
sanitario de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el
en el ámbito del ejercicio profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
d) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritos.
e) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines esté la formación.
f) Fundaciones Privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,025 puntos.
b) Por cada crédito y hasta un máximo de 3 puntos: 0,25 puntos.
Estas puntuaciones son excluyentes entre sí.
Las actividades de formación impartidas por las entidades recogidas en los epígrafes
e) y f), para poder ser valoradas en este apartado, han de encontrarse avaladas al amparo
de una norma reguladora, Convenio, acreditación o subvención del Ministerio o Consejería
competente en materia de salud o servicios de salud de las CC.AA., o reconocidos de
interés docente sanitario por los mismos. No será suficiente la declaración del promotor
para avalar la incorporación de estas actividades a los procesos selectivos si no consta
en la documentación aportada la firma y sello del órgano correspondiente.
Apartado tres dos. actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
1. Docencia impartida como tutor/a laboral.
Por Actividades prestadas como tutor/a laboral de prácticas, en Centros Sanitarios
del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las
Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos de prácticas en virtud
de un Convenio o Acuerdo de Colaboración para la realización de prácticas académicas
externas del alumnado de titulaciones no sanitarias dirigidas a centros docentes públicos
o concertados no universitarios dependientes de la Consejería de Educación que imparten
ciclos formativos de grado medio y grado superior de la familia profesional:
- Por cada año con nombramiento al efecto para el alumnado de ciclos formativos de
grado medio y grado superior de la familia profesional directamente relacionada con la
categoría/especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos.
2. Docencia impartida en actividades de formacion continuada.
Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con
las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa, que hayan sido organizados e impartidos por los siguientes
organismos o entidades:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de
Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito del ejercicio
profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
- Por cada hora y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad, 0,025 puntos.
- Por cada crédito y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad, 0,25 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250816
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 18588/7
c) Por Corporaciones Profesionales Sociedades Científicas presentes en el sector
sanitario de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el
en el ámbito del ejercicio profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
d) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritos.
e) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines esté la formación.
f) Fundaciones Privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por cada hora y hasta un máximo de 3 puntos: 0,025 puntos.
b) Por cada crédito y hasta un máximo de 3 puntos: 0,25 puntos.
Estas puntuaciones son excluyentes entre sí.
Las actividades de formación impartidas por las entidades recogidas en los epígrafes
e) y f), para poder ser valoradas en este apartado, han de encontrarse avaladas al amparo
de una norma reguladora, Convenio, acreditación o subvención del Ministerio o Consejería
competente en materia de salud o servicios de salud de las CC.AA., o reconocidos de
interés docente sanitario por los mismos. No será suficiente la declaración del promotor
para avalar la incorporación de estas actividades a los procesos selectivos si no consta
en la documentación aportada la firma y sello del órgano correspondiente.
Apartado tres dos. actividades docentes impartidas (máximo 4 puntos).
1. Docencia impartida como tutor/a laboral.
Por Actividades prestadas como tutor/a laboral de prácticas, en Centros Sanitarios
del Sistema Nacional de Salud, Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las
Comunidades y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos de prácticas en virtud
de un Convenio o Acuerdo de Colaboración para la realización de prácticas académicas
externas del alumnado de titulaciones no sanitarias dirigidas a centros docentes públicos
o concertados no universitarios dependientes de la Consejería de Educación que imparten
ciclos formativos de grado medio y grado superior de la familia profesional:
- Por cada año con nombramiento al efecto para el alumnado de ciclos formativos de
grado medio y grado superior de la familia profesional directamente relacionada con la
categoría/especialidad a la que se concursa: 0,30 puntos.
2. Docencia impartida en actividades de formacion continuada.
Docencia en cursos de formación continuada, que guarde una relación directa con
las exigencias de los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad
a la que se concursa, que hayan sido organizados e impartidos por los siguientes
organismos o entidades:
a) Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas,
Ministerio competente en materia de Sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras
Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la
formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los
organismos citados.
b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e
Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o
Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de
Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito del ejercicio
profesional de la categoría objeto de la convocatoria.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
- Por cada hora y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad, 0,025 puntos.
- Por cada crédito y hasta un máximo de 0,25 puntos por actividad, 0,25 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250816
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía