Autoridades y personal. Consejería de Salud y Familias. (2021/226-7)
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, por la que se convoca concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de Facultativo/a Especialista de Área, Especialidad Oncología Médica, dependientes de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho proceso selectivo, en desarrollo de la Resolución de la Dirección Gerencia de esta Agencia Pública Empresarial Sanitaria, de 23 de diciembre de 2020 (BOJA núm. 1, de 4 de enero de 2021) y del Decreto 168/2020, de 6 de octubre (BOJA núm. 197, de 9 de octubre), Decreto 227/2020, de 29 de diciembre (BOJA núm. 90, de 30 de diciembre) y Decreto 198/2021, de 20 de julio (BOJA extraordinario núm. 64, de 22 de julio), de la Junta de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Miércoles, 24 de noviembre de 2021

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2. Por la superación de actividades formativas que hayan sido organizadas e
impartidas por las universidades españolas o de los países miembros de la Unión Europea
con la condición de título propio (Master universitario, experto universitario, especialista
universitario) en el ámbito de las Ciencias de la Salud.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Cada título propio universitario con la denominación de Máster: 3 puntos.
b) Cada título propio universitario con la denominación de Diploma de Especialización,
Experto Universitario, Especialista Universitario o equivalentes:
b.1) Con un número superior a 20 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 2 puntos.
b.2) Con un número inferior a 20 créditos ECTS (o su equivalente en horas): 1,50
puntos.
c) Por cada actividad de formación como discente en actividades de formación
continuada bajo la denominación de cursos, diplomas o certificaciones de extensión
universitaria, programas de desarrollo profesional y personal o equivalentes:
c.1) Con un número igual o superior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas):
1,50 puntos.
c.2) Con un número inferior a 15 créditos ECTS (o su equivalente en horas): por cada
crédito 0,10 puntos.
3. Por la asistencia, debidamente justificada, a actividades formativas no acreditadas
por alguno de los órganos acreditadores que integran el sistema de acreditación de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00250798

b) Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas,
Consejería o Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo
o Servicio de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público
a ellas adscritos.
c) Por Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones
acreditadas para la formación dentro de los Planes de Formación de la Administración
Pública.
d) Por Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito
estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico
de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el
Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General de Especialidades
y representativas de las mismas.
1.2. Por la asistencia a actividades formativas que hayan sido organizadas e impartidas
por las Universidades españolas o de los países miembros de la Unión Europea.
1.3. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por los siguientes organismos públicos y Entidades sin ánimo de lucro entre
cuyos fines esté la formación:
a) Otras Administraciones Públicas o las entidades del sector público a ellas adscritos
diferentes de las incluidas en el apartado 1.1. y 1.2.
b) Corporaciones Locales o las entidades del sector público a ellas adscritas.
c) Asociaciones sin ánimo de lucro entre cuyos fines esté la formación.
d) Fundaciones Privadas entre cuyos fines esté la formación.
1.4. Por la asistencia a actividades formativas, que hayan sido organizadas e
impartidas por Empresas privadas entre cuyos fines este la formación.
La puntuación de estas actividades formativas se realizará aplicando los siguientes
criterios:
a) Por crédito CFC: 0,15 puntos.
b) Aquellos créditos que haya sido realizados en los dos últimos años, tomando como
referencia la fecha de publicación de la convocatoria tendrán, hasta un máximo de 2
puntos, una puntuación adicional de 0,05 puntos.