3. Otras disposiciones. Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación. (2021/224-37)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Granada, Comisión Provincial de Tutela y Guarda, por la que se delegan competencias en materia de protección de menores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 22 de noviembre de 2021

página 18433/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE IGUALDAD, POLÍTICAS SOCIALES Y CONCILIACIÓN
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Delegación Territorial de Igualdad,
Políticas Sociales y Conciliación en Granada, Comisión Provincial de Tutela
y Guarda, por la que se delegan competencias en materia de protección de
menores.
El Decreto 195/2020, de 1 de diciembre, por el que se regula la organización administrativa
y la competencia de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de protección
de menores, crea en cada Delegación Territorial o Provincial de la Consejería competente
en materia de protección de menores, una Comisión Provincial de Tutela y Guarda como
órgano decisorio en materia de protección de menores.
El artículo 11 del Decreto 195/2020, de 1 de diciembre, dispone las funciones de las
Comisiones Provinciales de Tutela y Guarda.
El artículo 12 del Decreto 195/2020, de 1 de diciembre, establece la posibilidad de
que las Comisiones Provinciales de Tutela y Guarda deleguen en la persona titular de
la Delegación Territorial o Provincial las funciones atribuidas en el decreto excepto las
siguientes:
a) Resolver los procedimientos de declaración de situaciones de desamparo.
b) Declarar la asunción de la tutela por la Administración de la Junta de Andalucía de
las personas menores que hayan sido declaradas en situación de desamparo, así como
resolver su cese.
c) Formalizar la propuesta de adopción para las personas menores que se hallen bajo
la tutela de la Administración de la Junta de Andalucía.
d) Rendir la cuenta anual y general justificada de la administración del patrimonio de
la persona menor tutelada ante la Autoridad Judicial.
En virtud del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, de los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía, y del artículo 12 del Decreto 195/2020, de 1
de diciembre, la Comisión Provincial de Tutela y Guarda de la Delegación Territorial de
Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Granada,
RESU ELV E

-
Revisar, al menos, con una periodicidad semestral, las medidas de protección
adoptadas respecto de las personas menores que se encuentran bajo la tutela o la
guarda de la Administración de la Junta de Andalucía.
-
Resolver las quejas y reclamaciones presentadas por las personas menores
acogidas por la Administración de la Junta de Andalucía.
- Velar por el cumplimiento de las obligaciones legales referidas a la administración y
gestión patrimonial de los bienes y derechos de las personas menores tuteladas por
la Entidad Pública.
- Colaborar con los órganos judiciales competentes en la materia.
Granada, 20 de octubre de 2021.- El Delegado, Manuel Montalvo Cabrerizo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00250660

Delegar en la persona titular de la Delegación Territorial de Igualdad, Políticas
Sociales y Conciliación de Granada las siguientes funciones: