Autoridades y personal. Universidades. (2021/224-22)
Resolución de 11 de noviembre de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se realiza convocatoria de proceso selectivo de ingreso en la escala de Gestión, especialidad Informática, de la Universidad de Cádiz mediante turno de promoción interna.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 22 de noviembre de 2021

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si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se
admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.4. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro
correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios
que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
3.6. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de
presentación de solicitudes.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.

5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, los
miembros del Tribunal Calificador de la presente convocatoria serán los que figuran en el
Anexo IV de esta convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal según lo
previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público.
5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página web del área de Personal, Resolución por la que se nombran a los
nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.
5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la
totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación mínima
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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4. Admisión de aspirantes
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de
admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página Web del
área de Personal de la Universidad de Cádiz (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/),
se incluirá la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último
caso, las causas de exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quiénes dentro del plazo señalado,
no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente
excluidos de la participación en el proceso selectivo.
Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad
de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas o bien, recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que
hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.