4. Administración de justicia. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción. (2021/224-39)
Edicto de 17 de octubre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de San Roque, dimanante de autos núm. 523/2015. (PP. 3608/2017).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 22 de noviembre de 2021
página 21710/1
4. Administración de justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Edicto de 17 de octubre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
núm. Uno de San Roque, dimanante de autos núm. 523/2015. (PP. 3608/2017).
NIG: 1103341C20151000576.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 523/2015. Negociado: 3.
De: BMW Bank GmbH sucursal en España.
Procuradora: Sra. María Teresa Hernández Jiménez.
Contra: 43Inova, S.L., y Ángel Piña Batista.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 523/2015 seguido a instancia de
BMW Bank GmbH sucursal en España frente a 43Inova, S.L., y Ángel Piña Batista se ha
dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En la ciudad de San Roque, a 23 de febrero de 2017.
Vistos por don Francisco Javier de Lemus Vara, Juez stto. del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción núm. Uno de San Roque, los presentes autos de Juicio Ordinario
núm. 523/2015, seguidos a instancia de BMW Bank GmbH sucursal en España
representada por el Procuradora Sra. Hernández Jiménez, contra Ángel Piña Bautista y
la mercantil 43Inova, S.L., en situación de rebeldía procesal.
FA LLO
Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra la misma cabe
interponer recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo
de veinte días; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la
presente en el Libro de Sentencias. Para la presentación de dicho recurso es necesaria
la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado de
acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ y por el
importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la preparación del recurso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250316
Que estimando la demanda interpuesta por BMW Bank GmbH sucursal en España
representada por el Procuradora Sra. Hernández Jiménez, contra Ángel Piña Bautista y
la mercantil 43Inova, S.L., en situación de rebeldía procesal:
1.º Condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 26.850,26 euros, con
los intereses desde la interpelación judicial, que serán los del art. 576 LEC desde la fecha
de la presente resolución.
2.º Declarar resuelto el contrato de fecha 20 de octubre de 2009, con número 423114.
3.º Como consecuencia de lo anterior los demandados deberán restituir al actor el
vehículo Mini modelo Cooper Clubman con bastidor WMWMN51030TR42148 y matrícula
2229 GRJ.
4.º Declaro expresamente que el vehículo vehículo mini modelo Cooper Clubman con
bastidor WMWMN51030TR42148 y matrícula 2229 GRJ es propiedad de la actora.
5.º Se imponen las costas a la parte demandada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 22 de noviembre de 2021
página 21710/1
4. Administración de justicia
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Edicto de 17 de octubre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
núm. Uno de San Roque, dimanante de autos núm. 523/2015. (PP. 3608/2017).
NIG: 1103341C20151000576.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 523/2015. Negociado: 3.
De: BMW Bank GmbH sucursal en España.
Procuradora: Sra. María Teresa Hernández Jiménez.
Contra: 43Inova, S.L., y Ángel Piña Batista.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 523/2015 seguido a instancia de
BMW Bank GmbH sucursal en España frente a 43Inova, S.L., y Ángel Piña Batista se ha
dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En la ciudad de San Roque, a 23 de febrero de 2017.
Vistos por don Francisco Javier de Lemus Vara, Juez stto. del Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción núm. Uno de San Roque, los presentes autos de Juicio Ordinario
núm. 523/2015, seguidos a instancia de BMW Bank GmbH sucursal en España
representada por el Procuradora Sra. Hernández Jiménez, contra Ángel Piña Bautista y
la mercantil 43Inova, S.L., en situación de rebeldía procesal.
FA LLO
Notifíquese esta sentencia a las partes con indicación de que contra la misma cabe
interponer recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo
de veinte días; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la
presente en el Libro de Sentencias. Para la presentación de dicho recurso es necesaria
la constitución de depósito en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado de
acuerdo con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ y por el
importe previsto en tal norma, lo que deberá ser acreditado a la preparación del recurso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00250316
Que estimando la demanda interpuesta por BMW Bank GmbH sucursal en España
representada por el Procuradora Sra. Hernández Jiménez, contra Ángel Piña Bautista y
la mercantil 43Inova, S.L., en situación de rebeldía procesal:
1.º Condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 26.850,26 euros, con
los intereses desde la interpelación judicial, que serán los del art. 576 LEC desde la fecha
de la presente resolución.
2.º Declarar resuelto el contrato de fecha 20 de octubre de 2009, con número 423114.
3.º Como consecuencia de lo anterior los demandados deberán restituir al actor el
vehículo Mini modelo Cooper Clubman con bastidor WMWMN51030TR42148 y matrícula
2229 GRJ.
4.º Declaro expresamente que el vehículo vehículo mini modelo Cooper Clubman con
bastidor WMWMN51030TR42148 y matrícula 2229 GRJ es propiedad de la actora.
5.º Se imponen las costas a la parte demandada.