3. Otras disposiciones. . (2021/205-13)
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General de Gestión Económica y Servicios, para la adjudicación de los contratos basados de Acuerdo Marco, con una única empresa, por lotes, por el que se fijan las condiciones para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario de las vacunas frente a difteria-tétanos-pertusis acelular de contenido antigénico reducido (dTpa), varicela y hepatitis B de adultos, destinadas al Programa de Vacunaciones de Andalucía, y se delegan en las personas titulares de las Direcciones Gerencias de los distintos Hospitales de referencia en cada una de las provincias Andaluzas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 205 - Lunes, 25 de octubre de 2021
página 120
3. Otras disposiciones
Consejería de Salud y Familias
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General
de Gestión Económica y Servicios, para la adjudicación de los contratos
basados de Acuerdo Marco, con una única empresa, por lotes, por el que se
fijan las condiciones para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario de
las vacunas frente a difteria-tétanos-pertusis acelular de contenido antigénico
reducido (dTpa), varicela y hepatitis B de adultos, destinadas al Programa
de Vacunaciones de Andalucía, y se delegan en las personas titulares de las
Direcciones Gerencias de los distintos Hospitales de referencia en cada una de
las provincias Andaluzas.
La Subdirección de Farmacia y Prestaciones del Servicio Andaluz de Salud propone
la celebración de un acuerdo marco con una única empresa, por lotes, para fijar las
condiciones para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario de las vacunas frente
a difteria-tétanos-pertussis, varicela y hepatitis B para adultos, las cuales están incluidas
en el calendario de vacunaciones (PVA) de la Consejería de Salud y Familias de la Junta
de Andalucía.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros, se considera idóneo,
a efectos de racionalizar la contratación de estos bienes por parte del Servicio Andaluz
de Salud, la conclusión de un acuerdo marco puesto que permite armonizar en todos los
centros las condiciones de su adquisición.
De este acuerdo marco derivarán contratos basados en el que se celebrarán con la
empresa adjudicataria y los órganos provinciales con competencia delegada en materia
de contratación, para la realización de las adquisiciones de las diferentes vacunas que
forman parte de este acuerdo.
La competencia en los Servicios Centrales, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo marco
con un único empresario, es, de conformidad con la Resolución de 2 de abril de 2013, de
la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias
en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y Servicios. No
obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan que la ejecución
material del suministro se realice, mediante la adjudicación de los contratos basados en el
acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares de las Direcciones Gerencias
de los distintos Hospitales de referencia de cada una de las provincias andaluzas, previa
avocación y delegación de la competencia respectivamente.
R ES U ELVO
Primero. Avocar las competencias del Director General de Gestión Económica
y Servicios para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco con
una única empresa, por Lotes, por el que se fijan las condiciones para el suministro
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200501
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 105/2019, de 12 de febrero,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del
Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 205 - Lunes, 25 de octubre de 2021
página 120
3. Otras disposiciones
Consejería de Salud y Familias
Resolución de 7 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia del Director General
de Gestión Económica y Servicios, para la adjudicación de los contratos
basados de Acuerdo Marco, con una única empresa, por lotes, por el que se
fijan las condiciones para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario de
las vacunas frente a difteria-tétanos-pertusis acelular de contenido antigénico
reducido (dTpa), varicela y hepatitis B de adultos, destinadas al Programa
de Vacunaciones de Andalucía, y se delegan en las personas titulares de las
Direcciones Gerencias de los distintos Hospitales de referencia en cada una de
las provincias Andaluzas.
La Subdirección de Farmacia y Prestaciones del Servicio Andaluz de Salud propone
la celebración de un acuerdo marco con una única empresa, por lotes, para fijar las
condiciones para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario de las vacunas frente
a difteria-tétanos-pertussis, varicela y hepatitis B para adultos, las cuales están incluidas
en el calendario de vacunaciones (PVA) de la Consejería de Salud y Familias de la Junta
de Andalucía.
Al tratarse de productos de uso común para todos los centros, se considera idóneo,
a efectos de racionalizar la contratación de estos bienes por parte del Servicio Andaluz
de Salud, la conclusión de un acuerdo marco puesto que permite armonizar en todos los
centros las condiciones de su adquisición.
De este acuerdo marco derivarán contratos basados en el que se celebrarán con la
empresa adjudicataria y los órganos provinciales con competencia delegada en materia
de contratación, para la realización de las adquisiciones de las diferentes vacunas que
forman parte de este acuerdo.
La competencia en los Servicios Centrales, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo marco
con un único empresario, es, de conformidad con la Resolución de 2 de abril de 2013, de
la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan competencias
en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y Servicios. No
obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan que la ejecución
material del suministro se realice, mediante la adjudicación de los contratos basados en el
acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares de las Direcciones Gerencias
de los distintos Hospitales de referencia de cada una de las provincias andaluzas, previa
avocación y delegación de la competencia respectivamente.
R ES U ELVO
Primero. Avocar las competencias del Director General de Gestión Económica
y Servicios para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco con
una única empresa, por Lotes, por el que se fijan las condiciones para el suministro
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200501
Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998,
de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 105/2019, de 12 de febrero,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del
Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de
la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,