Disposiciones generales. . (2021/205-2)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se amplía el plazo para la presentación de solicitudes de las subvenciones dirigidas al mantenimiento del empleo en empresas afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo, tras la declaración del Estado de Alarma basado en causas relacionadas con la situación pandémica, convocadas mediante Resolución de fecha 28 de septiembre de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 205 - Lunes, 25 de octubre de 2021
página 19

El apartado 3 de la disposición final décima del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo,
autoriza a la persona titular de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo a
efectuar nuevas convocatorias de la línea de subvención regulada en el Capítulo II del
mismo, en función de las disponibilidades presupuestarias existentes, mediante resolución
que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En virtud de lo anterior, vista la propuesta de la Dirección General de Políticas Activas
de Empleo y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en
uso de las competencias atribuidas en la disposición final décima del Decreto-ley 4/2021,
de 23 de marzo,
R ES U ELVO
Primero. Ampliar el plazo para presentar las solicitudes establecido en el resuelvo
octavo de la Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Empleo, por la que se convocan las subvenciones dirigidas al mantenimiento
del empleo en empresas afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo
tras la declaración del Estado de Alarma, basado en causas relacionadas con la situación
pandémica, reguladas en el Capítulo II del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, hasta el
día 2 de noviembre inclusive.
Segundo. Contra la presente resolución de ampliación del plazo máximo de
presentación de solicitudes no cabe la presentación de recurso alguno, sin perjuicio
del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con lo
dispuesto por el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00200552

Sevilla, 20 de octubre de 2021.- El Director Gerente, Miguel Ángel Terrero Prada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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