Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/204-7)
Resolución de 18 de octubre de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por acceso libre, de una plaza de Técnico Auxiliar de Laboratorio (Granja), por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 22 de octubre de 2021
página 182
8. Presentación de documentos.
8.1. Las personas aspirantes que superen las presentes pruebas selectivas, presentará
en el Registro General de la Universidad de Córdoba, dentro de los veinte días hábiles
siguientes a aquel en que se publique por el Tribunal la propuesta de adjudicación de la
plaza, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de
Identificación de Extranjero. En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales
de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, contemplados en la
base 2.1.a), deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y en su caso, el hecho
de vivir a expensas o estar a cargo de español o nacional de la Unión Europea con el que
tengan dicho vínculo.
b) Fotocopia para su compulsa del Título Académico Oficial exigido en la base 2.1.e)
o de la justificación acreditativa de haber abonado los correspondientes derechos de
expedición del mismo, o, en su defecto, de la documentación acreditativa de la experiencia
laboral equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá
aportar la documentación que acredite su homologación o reconocimiento.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado
para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia penal firme.
Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea que no
ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar, mediante documento suficiente,
debidamente traducido al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
legal que impida en su Estado el acceso al Empleo Público.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200319
citado, la puntuación obtenida en la fase de concurso por las personas aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, aplicando para ello el baremo del anexo I, y se
otorgará un plazo de diez días hábiles para posibles reclamaciones.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar el ejercicio de la fase de oposición.
7.4. Finalizado el plazo anterior, el Tribunal resolverá las reclamaciones, si las hubiera,
haciéndose pública, en el medio anteriormente citado, la valoración definitiva de la fase
de concurso.
7.5. Asimismo, el Tribunal publicará en la página web de la Universidad de Córdoba la
relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, con indicación
del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte, codificados, en la que constarán
las calificaciones obtenidas en la fase de oposición, las puntuaciones de la fase de
concurso y la puntuación final, constituida por la puntuación total de ambas fases.
En caso de empate, se dirimirá este a favor del aspirante que haya obtenido mayor
calificación en la fase de oposición, y, de persistir el empate, se atenderá a la puntuación
obtenida en la fase de concurso, primeramente, por experiencia profesional en un puesto
de la misma área en la Universidad de Córdoba, y, seguidamente, por antigüedad en la
Universidad de Córdoba, según lo recogido en el punto 2 del apartado a) y b) del anexo I
de la presente convocatoria.
El número de personas aspirantes definitivamente aprobadas no podrá superar el
número de plazas convocadas.
7.6. La Presidencia del Tribunal enviará copia certificada de la mencionada relación
definitiva de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo al Rector de la
Universidad, especificando el número de aprobados y puntuación obtenida en la fase de
oposición, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas puntuaciones.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 22 de octubre de 2021
página 182
8. Presentación de documentos.
8.1. Las personas aspirantes que superen las presentes pruebas selectivas, presentará
en el Registro General de la Universidad de Córdoba, dentro de los veinte días hábiles
siguientes a aquel en que se publique por el Tribunal la propuesta de adjudicación de la
plaza, los siguientes documentos:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de
Identificación de Extranjero. En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales
de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, contemplados en la
base 2.1.a), deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y en su caso, el hecho
de vivir a expensas o estar a cargo de español o nacional de la Unión Europea con el que
tengan dicho vínculo.
b) Fotocopia para su compulsa del Título Académico Oficial exigido en la base 2.1.e)
o de la justificación acreditativa de haber abonado los correspondientes derechos de
expedición del mismo, o, en su defecto, de la documentación acreditativa de la experiencia
laboral equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá
aportar la documentación que acredite su homologación o reconocimiento.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado
para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia penal firme.
Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea que no
ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar, mediante documento suficiente,
debidamente traducido al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena
legal que impida en su Estado el acceso al Empleo Público.
d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que
imposibiliten para el servicio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200319
citado, la puntuación obtenida en la fase de concurso por las personas aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, aplicando para ello el baremo del anexo I, y se
otorgará un plazo de diez días hábiles para posibles reclamaciones.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar el ejercicio de la fase de oposición.
7.4. Finalizado el plazo anterior, el Tribunal resolverá las reclamaciones, si las hubiera,
haciéndose pública, en el medio anteriormente citado, la valoración definitiva de la fase
de concurso.
7.5. Asimismo, el Tribunal publicará en la página web de la Universidad de Córdoba la
relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, con indicación
del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte, codificados, en la que constarán
las calificaciones obtenidas en la fase de oposición, las puntuaciones de la fase de
concurso y la puntuación final, constituida por la puntuación total de ambas fases.
En caso de empate, se dirimirá este a favor del aspirante que haya obtenido mayor
calificación en la fase de oposición, y, de persistir el empate, se atenderá a la puntuación
obtenida en la fase de concurso, primeramente, por experiencia profesional en un puesto
de la misma área en la Universidad de Córdoba, y, seguidamente, por antigüedad en la
Universidad de Córdoba, según lo recogido en el punto 2 del apartado a) y b) del anexo I
de la presente convocatoria.
El número de personas aspirantes definitivamente aprobadas no podrá superar el
número de plazas convocadas.
7.6. La Presidencia del Tribunal enviará copia certificada de la mencionada relación
definitiva de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo al Rector de la
Universidad, especificando el número de aprobados y puntuación obtenida en la fase de
oposición, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas puntuaciones.