3. Otras disposiciones. . (2021/204-9)
Acuerdo de 29 de septiembre de 2021, del Pleno del Parlamento de Andalucía, por el que se aprueban las resoluciones contenidas en el Dictamen de la Comisión de Hacienda y Financiación Europea sobre el Informe de Fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2019.
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Número 204 - Viernes, 22 de octubre de 2021
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e indicadores, que la cuantificación de las previsiones se realizara de forma realista y
soportada, así como que su seguimiento permitiera la medición tanto de la eficacia como
de la economía.
3.º Ampliar y perfeccionar los indicadores sobre cambio climático, así como identificar
actuaciones presupuestarias que contribuyan a mitigar y adaptarse a sus efectos.
4.º Seguir depurando los saldos de los derechos pendientes de cobro de ejercicios
anteriores (de los que 884,09 millones de euros datan de ejercicios anteriores a 2015),
de manera que figuren registrados los que supongan realmente derechos a favor de la
Hacienda Pública de Andalucía.
5.º Seguir avanzando en la revisión de los criterios de dotación de provisiones de
dudoso cobro y recoger en la memoria de forma más clara el criterio empleado. Asimismo,
para la realización del cálculo debe coordinarse la información de contabilidad y de
recaudación.
6.º Contabilizar en un servicio diferenciado los gastos financiados con la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en
situación de dependencia.
7.º Realizar una evaluación de la estimación de los efectos o impactos de la pandemia
COVID-19 sobre la actividad de la Junta de Andalucía, de forma que los estados financieros
proporcionen información adecuada y específica sobre tal impacto, exponiendo de una
manera clara y no estereotipada cómo se espera que afecte a la gestión, la situación
financiera y los flujos de efectivo, ofreciendo además una valoración de los recursos
financieros afectados y los efectos sobre las áreas contables relevantes.
8.º Continuar con el análisis sobre la mejora cualitativa de los objetivos e indicadores
incluidos en las fichas de programa, así como la implementación de las medidas que,
a tal efecto, hayan sido adoptadas, de manera que los indicadores permitan evaluar la
repercusión que sobre los objetivos pueden tener las modificaciones presupuestarias,
siendo necesario justificar en el expediente las razones que permitan valorar el eventual
impacto que las modificaciones pudieran tener en los objetivos de gastos de los
programas.
9.º Continuar con los procedimientos de ejecución de cuantos derechos le sean
inherentes a la agencia IDEA, así como a la materialización de las garantías ofrecidas
por las empresas para cubrir el riesgo de la operación avalada, que según la normativa
debería ser suficiente para cubrir el riesgo asumido por la entidad.
10.º Continuar con el análisis iniciado por la Intervención General de la Junta de
Andalucía, al objeto de concluir si determinadas fundaciones cumplen los criterios de
adscripción a una Administración Pública que establece el artículo 129 de la Ley 40/2015,
de Régimen Jurídico del Sector Público, en aras de elaborar un censo de entidades que
deben adscribirse a la Administración de la Junta de Andalucía.
11.º Impulsar la modificación de los estatutos de aquellos consorcios en los que la
Junta de Andalucía tenga participación, ya que la adscripción de los mismos a una u otra
Administración supone el sometimiento a un régimen jurídico (presupuestario, contable,
de patrimonio, personal y control) distinto. Así mismo, la creación del censo de entidades
al que alude la disposición adicional vigésima de la Ley 5/2017 supondría determinar
definitivamente la población de consorcios dependientes de la Junta de Andalucía.
12.º Adoptar por parte de los distintos órganos implicados todas las medidas
normativas y las mejoras de procedimientos pertinentes en materia de recuperación de
cantidades derivadas de los quebrantos de avales. Asimismo, se considera necesaria
la implantación de la totalidad de las medidas y mecanismos de coordinación previstos,
con el fin de evitar las discrepancias en las líneas de actuación a seguir por los diferentes
órganos gestores.
24. El Parlamento de Andalucía, en aras a promover una mejor Administración Pública
autonómica, más eficaz, eficiente y transparente, insta al Consejo de Gobierno a seguir
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200406
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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e indicadores, que la cuantificación de las previsiones se realizara de forma realista y
soportada, así como que su seguimiento permitiera la medición tanto de la eficacia como
de la economía.
3.º Ampliar y perfeccionar los indicadores sobre cambio climático, así como identificar
actuaciones presupuestarias que contribuyan a mitigar y adaptarse a sus efectos.
4.º Seguir depurando los saldos de los derechos pendientes de cobro de ejercicios
anteriores (de los que 884,09 millones de euros datan de ejercicios anteriores a 2015),
de manera que figuren registrados los que supongan realmente derechos a favor de la
Hacienda Pública de Andalucía.
5.º Seguir avanzando en la revisión de los criterios de dotación de provisiones de
dudoso cobro y recoger en la memoria de forma más clara el criterio empleado. Asimismo,
para la realización del cálculo debe coordinarse la información de contabilidad y de
recaudación.
6.º Contabilizar en un servicio diferenciado los gastos financiados con la Ley 39/2006,
de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en
situación de dependencia.
7.º Realizar una evaluación de la estimación de los efectos o impactos de la pandemia
COVID-19 sobre la actividad de la Junta de Andalucía, de forma que los estados financieros
proporcionen información adecuada y específica sobre tal impacto, exponiendo de una
manera clara y no estereotipada cómo se espera que afecte a la gestión, la situación
financiera y los flujos de efectivo, ofreciendo además una valoración de los recursos
financieros afectados y los efectos sobre las áreas contables relevantes.
8.º Continuar con el análisis sobre la mejora cualitativa de los objetivos e indicadores
incluidos en las fichas de programa, así como la implementación de las medidas que,
a tal efecto, hayan sido adoptadas, de manera que los indicadores permitan evaluar la
repercusión que sobre los objetivos pueden tener las modificaciones presupuestarias,
siendo necesario justificar en el expediente las razones que permitan valorar el eventual
impacto que las modificaciones pudieran tener en los objetivos de gastos de los
programas.
9.º Continuar con los procedimientos de ejecución de cuantos derechos le sean
inherentes a la agencia IDEA, así como a la materialización de las garantías ofrecidas
por las empresas para cubrir el riesgo de la operación avalada, que según la normativa
debería ser suficiente para cubrir el riesgo asumido por la entidad.
10.º Continuar con el análisis iniciado por la Intervención General de la Junta de
Andalucía, al objeto de concluir si determinadas fundaciones cumplen los criterios de
adscripción a una Administración Pública que establece el artículo 129 de la Ley 40/2015,
de Régimen Jurídico del Sector Público, en aras de elaborar un censo de entidades que
deben adscribirse a la Administración de la Junta de Andalucía.
11.º Impulsar la modificación de los estatutos de aquellos consorcios en los que la
Junta de Andalucía tenga participación, ya que la adscripción de los mismos a una u otra
Administración supone el sometimiento a un régimen jurídico (presupuestario, contable,
de patrimonio, personal y control) distinto. Así mismo, la creación del censo de entidades
al que alude la disposición adicional vigésima de la Ley 5/2017 supondría determinar
definitivamente la población de consorcios dependientes de la Junta de Andalucía.
12.º Adoptar por parte de los distintos órganos implicados todas las medidas
normativas y las mejoras de procedimientos pertinentes en materia de recuperación de
cantidades derivadas de los quebrantos de avales. Asimismo, se considera necesaria
la implantación de la totalidad de las medidas y mecanismos de coordinación previstos,
con el fin de evitar las discrepancias en las líneas de actuación a seguir por los diferentes
órganos gestores.
24. El Parlamento de Andalucía, en aras a promover una mejor Administración Pública
autonómica, más eficaz, eficiente y transparente, insta al Consejo de Gobierno a seguir
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00200406
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