3. Otras disposiciones. . (2020/214-7)
Orden de 22 de octubre de 2020, por la que se implanta la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba y se aprueba inicialmente su relación de puestos de trabajo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Jueves, 5 de noviembre de 2020
página 133
e) En el caso de que se reciba una notificación con menos de una semana de
antelación, las vistas y señalamientos deberán notificarlo de forma automática para
designar con carácter urgente al fiscal que la atenderá.
f) Analizar la calidad de los datos registrados en la aplicación informática utilizada y
vigilar la concordancia entre el número de causas que entran físicamente en Fiscalía con las
efectivamente registradas, para conocer los posibles retrasos y la acumulación de causas.
g) Bajo la dirección del Coordinador o Coordinadora de la Fiscalía y con el apoyo del
personal funcionario del Área de Soporte General, le corresponderán las funciones de
control de registro.
Artículo 15. Responsables de áreas de trabajo.
1. El puesto de responsable de área de trabajo, que será cubierto mediante concurso
específico, corresponderá al personal funcionario de los cuerpos que se determinen en
las relaciones de puestos de trabajo.
2. En la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba existirá un Responsable
del Área de Soporte General.
3. Las áreas que no cuenten con responsable dependerán directamente del titular de
la Coordinación de la Oficina Fiscal.
4. Los responsables de áreas de trabajo ejercerán, además de las que les son propias,
las siguientes funciones:
a) Planificar, organizar, supervisar y orientar el trabajo de su área.
b) Apoyar al Coordinador o Coordinadora en la implantación y mantenimiento de los
sistemas de organización y gestión que se establezcan, y en la formación del personal
que se coordina.
c) Coordinar y supervisar, dentro de su área de trabajo, la tramitación y ejecución de
los expedientes, dictando, en su caso, las instrucciones que procedan.
Capítulo IV
Relación de puestos de trabajo
Artículo 17. Centros de destino y asignación de funciones.
1. La relación de puestos de trabajo contiene las dotaciones de todos los puestos de
trabajo de las distintas unidades que componen la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial
de Córdoba.
2. Serán centros de destino, de conformidad con el artículo 521.3.A) de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, la Fiscalía Provincial de Córdoba y la Sección Territorial de
Lucena.
3. La forma de provisión de los puestos de trabajo de la Oficina Fiscal será la
establecida en la Relación de Puestos de Trabajo y se realizará de acuerdo con la Ley
Orgánica del Poder Judicial y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que
se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
4. El Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial, dentro de cada centro de destino, podrá
atribuir, por necesidades del servicio, la realización de cualquiera de las funciones propias
del cuerpo, para el mejor funcionamiento de dichas unidades, a los funcionarios que
ocupen puestos de trabajo genéricos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00180424
Artículo 16. Aprobación de la relación de puestos de trabajo.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos precedentes se establece y
se aprueba inicialmente la relación de puestos de trabajo de los Cuerpos de Gestión
Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial
de las unidades que integran la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba, que se
acompaña como Anexo II.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Jueves, 5 de noviembre de 2020
página 133
e) En el caso de que se reciba una notificación con menos de una semana de
antelación, las vistas y señalamientos deberán notificarlo de forma automática para
designar con carácter urgente al fiscal que la atenderá.
f) Analizar la calidad de los datos registrados en la aplicación informática utilizada y
vigilar la concordancia entre el número de causas que entran físicamente en Fiscalía con las
efectivamente registradas, para conocer los posibles retrasos y la acumulación de causas.
g) Bajo la dirección del Coordinador o Coordinadora de la Fiscalía y con el apoyo del
personal funcionario del Área de Soporte General, le corresponderán las funciones de
control de registro.
Artículo 15. Responsables de áreas de trabajo.
1. El puesto de responsable de área de trabajo, que será cubierto mediante concurso
específico, corresponderá al personal funcionario de los cuerpos que se determinen en
las relaciones de puestos de trabajo.
2. En la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba existirá un Responsable
del Área de Soporte General.
3. Las áreas que no cuenten con responsable dependerán directamente del titular de
la Coordinación de la Oficina Fiscal.
4. Los responsables de áreas de trabajo ejercerán, además de las que les son propias,
las siguientes funciones:
a) Planificar, organizar, supervisar y orientar el trabajo de su área.
b) Apoyar al Coordinador o Coordinadora en la implantación y mantenimiento de los
sistemas de organización y gestión que se establezcan, y en la formación del personal
que se coordina.
c) Coordinar y supervisar, dentro de su área de trabajo, la tramitación y ejecución de
los expedientes, dictando, en su caso, las instrucciones que procedan.
Capítulo IV
Relación de puestos de trabajo
Artículo 17. Centros de destino y asignación de funciones.
1. La relación de puestos de trabajo contiene las dotaciones de todos los puestos de
trabajo de las distintas unidades que componen la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial
de Córdoba.
2. Serán centros de destino, de conformidad con el artículo 521.3.A) de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, la Fiscalía Provincial de Córdoba y la Sección Territorial de
Lucena.
3. La forma de provisión de los puestos de trabajo de la Oficina Fiscal será la
establecida en la Relación de Puestos de Trabajo y se realizará de acuerdo con la Ley
Orgánica del Poder Judicial y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que
se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia.
4. El Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial, dentro de cada centro de destino, podrá
atribuir, por necesidades del servicio, la realización de cualquiera de las funciones propias
del cuerpo, para el mejor funcionamiento de dichas unidades, a los funcionarios que
ocupen puestos de trabajo genéricos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00180424
Artículo 16. Aprobación de la relación de puestos de trabajo.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos precedentes se establece y
se aprueba inicialmente la relación de puestos de trabajo de los Cuerpos de Gestión
Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa y de Auxilio Judicial
de las unidades que integran la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Córdoba, que se
acompaña como Anexo II.