3. Otras disposiciones. . (2020/563-2)
Resolución de 6 de octubre de 2020, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se da publicidad a la Adenda al convenio de 2 de enero de 2020 suscrito entre la Agencia Tributaria de Andalucía y los Registradores de la Propiedad, por el que se determinan las condiciones de delegación de determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 63 - Miércoles, 7 de octubre de 2020
página
3. Otras disposiciones
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Resolución de 6 de octubre de 2020, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por
la que se da publicidad a la Adenda al convenio de 2 de enero de 2020 suscrito
entre la Agencia Tributaria de Andalucía y los Registradores de la Propiedad,
por el que se determinan las condiciones de delegación de determinadas
funciones y competencias en materia de aplicación de los tributos y revisión en
el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Habiéndose suscrito Adenda al convenio entre la Agencia Tributaria de Andalucía
y los Registradores de la Propiedad con el objeto de determinar las condiciones de
delegación de determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los
tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se procede a la publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la citada adenda que figura como anexo
de esta resolución.
Sevilla, 6 de octubre de 2020.- El Director, Domingo José Moreno Machuca.
ANEXO
Adenda al convenio de 2 de enero de 2020 suscrito entre la Agencia Tributaria de
Andalucía y los Registradores de la Propiedad, por el que se determinan las condiciones
de delegación de determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los
tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
REUNIDOS
De una parte, don Domingo Moreno Machuca, Director de la Agencia Tributaria de
Andalucía, que se encuentra facultado para la firma de la presente Adenda, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 15.3.d) del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía
aprobado por Decreto 4/2012, de 17 de enero.
Y de otra, don Juan José Pretel Serrano y doña María del Rosario Jiménez Rubio,
Decanos Territoriales de Andalucía Occidental y Oriental, respectivamente, actuando
en representación de los Registradores de la Propiedad de Andalucía, al amparo de lo
establecido en el artículo 36 de los Estatutos Generales del Colegio de Registradores de la
Propiedad y Mercantiles de España, aprobado por Real Decreto 483/1997, de 14 de abril.
Con fecha 4 de junio de 2020, fue suscrita adenda al Convenio de 2 de enero de 2020
entre la Agencia Tributaria de Andalucía y los Registradores de la Propiedad, por el que
se determinan las condiciones de delegación de determinadas funciones y competencias
en materia de aplicación de los tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones.
La citada adenda estaba motivada por la repercusión en las actuaciones de
comprobación administrativa de la suspensión y ampliación de plazos en el ámbito
tributario ocasionada por la crisis sanitaria y económica generada por el COVID-19 y los
efectos jurídicos y de todo orden derivados de la aplicación del estado de alarma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00178886
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 63 - Miércoles, 7 de octubre de 2020
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3. Otras disposiciones
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Resolución de 6 de octubre de 2020, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por
la que se da publicidad a la Adenda al convenio de 2 de enero de 2020 suscrito
entre la Agencia Tributaria de Andalucía y los Registradores de la Propiedad,
por el que se determinan las condiciones de delegación de determinadas
funciones y competencias en materia de aplicación de los tributos y revisión en
el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Habiéndose suscrito Adenda al convenio entre la Agencia Tributaria de Andalucía
y los Registradores de la Propiedad con el objeto de determinar las condiciones de
delegación de determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los
tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se procede a la publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la citada adenda que figura como anexo
de esta resolución.
Sevilla, 6 de octubre de 2020.- El Director, Domingo José Moreno Machuca.
ANEXO
Adenda al convenio de 2 de enero de 2020 suscrito entre la Agencia Tributaria de
Andalucía y los Registradores de la Propiedad, por el que se determinan las condiciones
de delegación de determinadas funciones y competencias en materia de aplicación de los
tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
REUNIDOS
De una parte, don Domingo Moreno Machuca, Director de la Agencia Tributaria de
Andalucía, que se encuentra facultado para la firma de la presente Adenda, de acuerdo
con lo dispuesto en el artículo 15.3.d) del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía
aprobado por Decreto 4/2012, de 17 de enero.
Y de otra, don Juan José Pretel Serrano y doña María del Rosario Jiménez Rubio,
Decanos Territoriales de Andalucía Occidental y Oriental, respectivamente, actuando
en representación de los Registradores de la Propiedad de Andalucía, al amparo de lo
establecido en el artículo 36 de los Estatutos Generales del Colegio de Registradores de la
Propiedad y Mercantiles de España, aprobado por Real Decreto 483/1997, de 14 de abril.
Con fecha 4 de junio de 2020, fue suscrita adenda al Convenio de 2 de enero de 2020
entre la Agencia Tributaria de Andalucía y los Registradores de la Propiedad, por el que
se determinan las condiciones de delegación de determinadas funciones y competencias
en materia de aplicación de los tributos y revisión en el Impuesto sobre Transmisiones
Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y el Impuesto sobre Sucesiones y
Donaciones.
La citada adenda estaba motivada por la repercusión en las actuaciones de
comprobación administrativa de la suspensión y ampliación de plazos en el ámbito
tributario ocasionada por la crisis sanitaria y económica generada por el COVID-19 y los
efectos jurídicos y de todo orden derivados de la aplicación del estado de alarma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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