Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2020/192-9)
Resolución de 18 de septiembre de 2020, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se efectúa la convocatoria de contratos laborales en el marco de proyectos específicos de I+D+F.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Viernes, 2 de octubre de 2020
página 123
• Por nota media de Sobresaliente: 4 puntos.
• Por nota media de Notable: 2 puntos.
- Asistencia a actividades formativas o de perfeccionamiento, 0.10 puntos por cada
20 horas lectivas. Para acciones formativas de menor duración, se aplicará la valoración
establecida proporcionalmente. Únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de
idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.
- Realización de estancias en centros de I+D+F, 0,20 puntos por cada mes de
estancia.
- Conocimiento técnico profesional de un idioma oficial en el ámbito de la Unión
Europea, distinto del español, de acuerdo con la siguiente escala:
• 0,5 Nivel A2: Elemental.
• 1,0 Nivel B1: Intermedio.
• 1,5 Nivel B2: Intermedio alto.
• 2,0 Nivel C1: Avanzado.
• 2,5 Nivel C2: Muy avanzado.
En función del cuartil en que esté catalogada la revista.
En el caso de libros de actas de congresos con ISBN, ISSN o depósito legal o creative common, la puntuación
se reducirá en medio punto en cada uno de los apartados.
1
2
Si en la convocatoria se exige como requisito el conocimiento de un idioma, habrá
de estarse a dicho idioma con el nivel requerido, siendo aplicable este apartado al
conocimiento de otros idiomas distintos del exigido, no computándose las lenguas
maternas.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el
empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los
apartados del baremo según el orden en que aparecen.
ANEXO III
Los méritos deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación de copia
digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el
original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo en
cuenta que si se aportaran contratos, informes, certificados o cualquier otro documento
en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de la traducción
jurada, oficial o certificada correspondiente.
Quedan exceptuadas de lo anterior las publicaciones o comunicaciones científicas
escritas en inglés. En el caso de publicaciones o comunicaciones científicas cuyo
idioma sea distinto al inglés, la traducción jurada queda restringida exclusivamente a los
elementos contenidos en el abstract.
Igualmente se excepcionan los títulos o certificados oficiales expedidos dentro del
Estado Español en alguna de las lenguas españolas cooficiales junto con el castellano,
para los que no resulte precisa la asistencia de ningún órgano técnico para la comprensión
del contenido de los mismos. No obstante, la comisión de valoración podrá requerir
en cualquier momento del procedimiento la traducción jurada del contenido de dichos
documentos.
- Para la experiencia profesional: Copia de los contratos de trabajo registrados en
el Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en
la que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral actualizada o documento
equivalente, así como, en su caso, certificado del órgano competente que especifique las
funciones desempeñadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00178399
JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LOS MÉRITOS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Viernes, 2 de octubre de 2020
página 123
• Por nota media de Sobresaliente: 4 puntos.
• Por nota media de Notable: 2 puntos.
- Asistencia a actividades formativas o de perfeccionamiento, 0.10 puntos por cada
20 horas lectivas. Para acciones formativas de menor duración, se aplicará la valoración
establecida proporcionalmente. Únicamente se valorarán por una sola vez los cursos de
idéntico contenido y denominación, aunque se repita su participación.
- Realización de estancias en centros de I+D+F, 0,20 puntos por cada mes de
estancia.
- Conocimiento técnico profesional de un idioma oficial en el ámbito de la Unión
Europea, distinto del español, de acuerdo con la siguiente escala:
• 0,5 Nivel A2: Elemental.
• 1,0 Nivel B1: Intermedio.
• 1,5 Nivel B2: Intermedio alto.
• 2,0 Nivel C1: Avanzado.
• 2,5 Nivel C2: Muy avanzado.
En función del cuartil en que esté catalogada la revista.
En el caso de libros de actas de congresos con ISBN, ISSN o depósito legal o creative common, la puntuación
se reducirá en medio punto en cada uno de los apartados.
1
2
Si en la convocatoria se exige como requisito el conocimiento de un idioma, habrá
de estarse a dicho idioma con el nivel requerido, siendo aplicable este apartado al
conocimiento de otros idiomas distintos del exigido, no computándose las lenguas
maternas.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el
empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los
apartados del baremo según el orden en que aparecen.
ANEXO III
Los méritos deberán ser justificados y acreditados mediante la presentación de copia
digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el
original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo en
cuenta que si se aportaran contratos, informes, certificados o cualquier otro documento
en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de la traducción
jurada, oficial o certificada correspondiente.
Quedan exceptuadas de lo anterior las publicaciones o comunicaciones científicas
escritas en inglés. En el caso de publicaciones o comunicaciones científicas cuyo
idioma sea distinto al inglés, la traducción jurada queda restringida exclusivamente a los
elementos contenidos en el abstract.
Igualmente se excepcionan los títulos o certificados oficiales expedidos dentro del
Estado Español en alguna de las lenguas españolas cooficiales junto con el castellano,
para los que no resulte precisa la asistencia de ningún órgano técnico para la comprensión
del contenido de los mismos. No obstante, la comisión de valoración podrá requerir
en cualquier momento del procedimiento la traducción jurada del contenido de dichos
documentos.
- Para la experiencia profesional: Copia de los contratos de trabajo registrados en
el Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en
la que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral actualizada o documento
equivalente, así como, en su caso, certificado del órgano competente que especifique las
funciones desempeñadas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00178399
JUSTIFICACIÓN DOCUMENTAL DE LOS MÉRITOS