3. Otras disposiciones. . (2020/192-13)
Resolución de 10 de julio de 2020, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Instituto Andaluz de Derecho Mercantil y Concursal. IADEC.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Viernes, 2 de octubre de 2020
página 190

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Reglamento del Registro
de Fundaciones de Andalucía, deberán inscribirse en dicho Registro la modificación o
nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén
sujetos a comunicación del Protectorado.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el
ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas, regulado en la Ley 10/2005,
y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones
de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, y todo ello de acuerdo con el artículo
12 del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, vistos los
preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
R ES U ELV E
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación Instituto Andaluz de
Derecho Mercantil y Concursal, IADEC, en el Registro de Fundaciones de Andalucía,
formalizados en escritura pública otorgada el 21 de septiembre de 2016 ante el Notario
don Miguel Kraus Alonso, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número
2.950 de su protocolo.
Nueva Denominación: Fundación Instituto Andaluz de Derecho Mercantil y de
Economía. IADEC.
Segundo. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.

00178410

Sevilla, 10 de julio de 2020.- El Director General, Francisco Ontiveros Rodríguez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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