3. Otras disposiciones. . (2020/192-13)
Resolución de 10 de julio de 2020, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Instituto Andaluz de Derecho Mercantil y Concursal. IADEC.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 192 - Viernes, 2 de octubre de 2020
página 189

3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 10 de julio de 2020, de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones
de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Instituto Andaluz de
Derecho Mercantil y Concursal. IADEC.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Instituto Andaluz de Derecho
Mercantil y Concursal, IADEC, sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 27 de diciembre de 2018 tuvo entrada en el Registro de la Delegación
del Gobierno en Málaga escrito de la Fundación para la inscripción de la modificación
estatutaria adoptada por su Patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al «artículo 1.- Denominación, naturaleza
y régimen».
Tercero. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación: Escritura pública
otorgada el 21 de septiembre de 2016 ante el Notario don Miguel Kraus Alonso, del Ilustre
Colegio de Andalucía, registrada con el número 2.950 de su protocolo.
Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del Acuerdo del Patronato de 7
de septiembre de 2016, relativo a la modificación de estatutos, con mención expresa
sobre la ausencia de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la
modificación de estatutos acordada por el Patronato.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de
organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por
Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos
previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del
Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo
30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de
Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00178410

Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación
fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de Protectorado de Fundaciones de
Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de
mayo.