4. Administración de justicia. . (2020/192-21)
Edicto de 10 de julio de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, dimanante de autos núm. 928/2019. (PP. 2122/2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Viernes, 2 de octubre de 2020
página 264

3. Condeno a los demandados a dejar libre, vacua y expedita la mencionada finca a
disposición de la parte actora, bajo apercibimiento de lanzamiento de los demandados y
de cuantas personas por ellos autorizados ocuparan la finca si no lo efectuaran en plazo
legal.
4. Se imponen las costas a la parte demandada.
Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la
Audiencia Provincial, que se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado
en el plazo de 20 días hábiles contados desde el día siguiente a su notificación.
Así lo acuerda, manda y firma doña Ana de Pedro Puertas, Magistrada-Juez del
Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados, ignorados
ocupantes de la finca sita en (Almería) en C/ Juan Pérez Morales, núm. 6, esc. E, 2.º2.ª,
extiendo y firmo la presente en Almería, a diez de julio de dos mil veinte.- El/La Letrado/a
de la Administración de Justicia.

00177990

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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