Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2020/130-11)
Resolución de 30 de junio de 2020, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar Administrativa de esta Universidad, Subgrupo C2.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Miércoles, 8 de julio de 2020
página 146
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.
8.1. Las personas que superen las presentes pruebas selectivas presentarán en el
Servicio de Gestión de Recursos Humanos –Sección de Gestión del PAS–, dentro de los
veinte días hábiles siguientes a aquel en que se publique por el Tribunal la propuesta de
adjudicación de las plazas, los siguientes documentos:
a) Original y fotocopia para su compulsa del Documento Nacional de Identidad,
Número de Identificación de Extranjero o Pasaporte. En el supuesto de descendientes
de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de
su cónyuge, contemplados en la base 2.1.a, deberán acreditar, además, el vínculo de
parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de español o
nacional de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.
b) Original y fotocopia para su compulsa del Título Académico Oficial exigido en
la base 2.1.e) o de la justificación acreditativa de haber abonado los correspondientes
derechos de expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero,
se deberá aportar la documentación que acredite su homologación o reconocimiento.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00174549
7.3. Transcurrido el plazo de presentación de la documentación acreditativa de los
méritos alegados para la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en el medio antes
citado, la puntuación obtenida en la fase de concurso por las personas aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, aplicando para ello el baremo del anexo I, y se
otorgará un plazo de cinco días hábiles para posibles reclamaciones.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar el ejercicio de la fase de oposición.
7.4. Finalizado el plazo anterior, el Tribunal resolverá las reclamaciones, si las hubiera,
haciéndose pública, en el medio anteriormente citado, la valoración definitiva de la fase
de concurso.
7.5. Asimismo, el Tribunal publicará en la página web de la Universidad de Córdoba
la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, por el cupo
general y el de personas con discapacidad, con indicación del Documento Nacional de
Identidad, NIE o Pasaporte, codificados, en la que constarán las calificaciones obtenidas
en la fase de oposición, las puntuaciones de la fase de concurso y la puntuación final,
constituida por la puntuación total de ambas fases.
En caso de empate, se dirimirá este a favor del aspirante que haya obtenido mayor
calificación en la fase de oposición. Si la calificación en esta fase fuera la misma, se
atenderá, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de esta
fase y, si esta también fuese igual, se atenderá, en segundo lugar, a la mayor puntuación
obtenida en el segundo ejercicio de esta fase. De persistir el empate, se atenderá a la mayor
puntuación obtenida en la fase en apartado 1 del baremo –Experiencia Profesional–.
El número de personas aspirantes definitivamente aprobadas no podrá superar el
número de plazas convocadas.
7.6. La Presidencia del Tribunal enviará copia certificada de la mencionada relación
definitiva de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo al Rector de la
Universidad, especificando el número de aprobados y puntuación obtenida en la fase de
oposición, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas puntuaciones,
con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.
En el supuesto de que alguna persona aspirante con discapacidad que se haya
presentado por el turno de reserva superase los ejercicios correspondientes de la fase
de oposición, pero no obtuviera plaza, y su puntuación fuera superior a la obtenida por
otras personas aspirantes del turno libre, será incluida por su orden de puntuación en el
sistema de acceso general.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Miércoles, 8 de julio de 2020
página 146
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.
8.1. Las personas que superen las presentes pruebas selectivas presentarán en el
Servicio de Gestión de Recursos Humanos –Sección de Gestión del PAS–, dentro de los
veinte días hábiles siguientes a aquel en que se publique por el Tribunal la propuesta de
adjudicación de las plazas, los siguientes documentos:
a) Original y fotocopia para su compulsa del Documento Nacional de Identidad,
Número de Identificación de Extranjero o Pasaporte. En el supuesto de descendientes
de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de
su cónyuge, contemplados en la base 2.1.a, deberán acreditar, además, el vínculo de
parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo de español o
nacional de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.
b) Original y fotocopia para su compulsa del Título Académico Oficial exigido en
la base 2.1.e) o de la justificación acreditativa de haber abonado los correspondientes
derechos de expedición del mismo. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero,
se deberá aportar la documentación que acredite su homologación o reconocimiento.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00174549
7.3. Transcurrido el plazo de presentación de la documentación acreditativa de los
méritos alegados para la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en el medio antes
citado, la puntuación obtenida en la fase de concurso por las personas aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, aplicando para ello el baremo del anexo I, y se
otorgará un plazo de cinco días hábiles para posibles reclamaciones.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar el ejercicio de la fase de oposición.
7.4. Finalizado el plazo anterior, el Tribunal resolverá las reclamaciones, si las hubiera,
haciéndose pública, en el medio anteriormente citado, la valoración definitiva de la fase
de concurso.
7.5. Asimismo, el Tribunal publicará en la página web de la Universidad de Córdoba
la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, por el cupo
general y el de personas con discapacidad, con indicación del Documento Nacional de
Identidad, NIE o Pasaporte, codificados, en la que constarán las calificaciones obtenidas
en la fase de oposición, las puntuaciones de la fase de concurso y la puntuación final,
constituida por la puntuación total de ambas fases.
En caso de empate, se dirimirá este a favor del aspirante que haya obtenido mayor
calificación en la fase de oposición. Si la calificación en esta fase fuera la misma, se
atenderá, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de esta
fase y, si esta también fuese igual, se atenderá, en segundo lugar, a la mayor puntuación
obtenida en el segundo ejercicio de esta fase. De persistir el empate, se atenderá a la mayor
puntuación obtenida en la fase en apartado 1 del baremo –Experiencia Profesional–.
El número de personas aspirantes definitivamente aprobadas no podrá superar el
número de plazas convocadas.
7.6. La Presidencia del Tribunal enviará copia certificada de la mencionada relación
definitiva de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo al Rector de la
Universidad, especificando el número de aprobados y puntuación obtenida en la fase de
oposición, la puntuación de la fase de concurso y la suma total de ambas puntuaciones,
con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.
En el supuesto de que alguna persona aspirante con discapacidad que se haya
presentado por el turno de reserva superase los ejercicios correspondientes de la fase
de oposición, pero no obtuviera plaza, y su puntuación fuera superior a la obtenida por
otras personas aspirantes del turno libre, será incluida por su orden de puntuación en el
sistema de acceso general.